49
109.30.
El 8 de septiembre de 1999, en razón de las medidas cautelares
ordenadas por la Comisión Interamericana a favor de las niñas Dilcia y Violeta, el
Estado ordenó a la Dirección General de Migración que emitiera, a favor de las
presuntas víctimas, “certificaciones temporal[es] de estadía en el país hasta tanto se
cono[ciera] y se defin[iera] su status migratorio en la República Dominicana”69.
109.31.
El 21 de septiembre de 2001, luego de comunicarse con funcionarios
de la Secretaría de Relaciones Exteriores, las señoras Leonidas Oliven Yean y
Tiramen Bosico Cofi, acompañadas del señor Genaro Rincón Miesse, se dirigieron a la
Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción para realizar las inscripciones
de nacimiento de sus hijas Dilcia Yean y Violeta Bosico, respectivamente. En la
Oficialía no se les requirió que pagaran impuesto alguno, ni que firmaran
documentos o que prestaran una declaración pública70.
109.32.
El 25 de septiembre de 2001 el Estado otorgó a la niña Dilcia Oliven
Yean el acta de nacimiento emitida por la Oficialía del Estado Civil de la Primera
Circunscripción de Distrito Nacional de la República Dominicana71.
109.33.
El 25 de septiembre de 2001 el Estado otorgó a la niña Violeta Bosico
el acta de nacimiento emitida por la Oficialía del Estado Civil de la Primera
Circunscripción de Distrito Nacional de la República Dominicana72.
68
Cfr. escrito del Encargado de Facilidades de la Dirección General de Migración y del Embajador
Encargado de la División de Estudios Internacionales de la República Dominicana dirigido a la Comisión
Interamericana el 30 de septiembre de 1999 (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo II,
folios 1441 a 1444); extracto del acta de nacimiento de la niña Dilcia Oliven Yean emitido el 25 de
septiembre de 2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción
del Distrito Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV,
folio 2105), y extracto del acta de nacimiento de la niña Violeta Bosico Cofi emitido el 25 de septiembre de
2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito
Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio
2104).
69
Cfr. escrito del Encargado de Facilidades de la Dirección General de Migración y del Embajador
Encargado de la División de Estudios Internacionales de la República Dominicana dirigido a la Comisión
Interamericana el 30 de septiembre de 1999 (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo II,
folio 1441 al 1444).
70
Cfr. oficio del Movimiento de Mujeres Domínico-Hatianas dirigido a la Comisión Interamericana el
28 de septiembre de 2001 (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folios 2110 a 2111).
71
Cfr. extracto del acta de nacimiento de la niña Dilcia Oliven Yean emitido el 25 de septiembre de
2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito
Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio
2105), y certificado de declaración de nacimiento de la niña Dilcia Oliven Yean emitido el 25 de
septiembre de 2001 por la Oficialía de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional,
Santo Domingo, República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio
2113; expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 14, folio 90, y expediente de
anexos a la contestación de la demanda, anexo 18, folio 43).
72
Cfr. extracto del acta de nacimiento de la niña Violeta Bosico Cofi emitido el 25 de septiembre de
2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito
Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio
2104), y certificado de declaración de nacimiento de la niña Violeta Bosico Cofi emitido el 25 de
septiembre de 2001 por la Oficialía de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional,
Santo Domingo, República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio
2112; expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 15, folio 91, y expediente de
anexos a la contestación de la demanda, anexo 35, folio 105).
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