43 109.16. En el año 1997 los requisitos que los niños menores de 13 años debían presentar para solicitar una inscripción tardía de nacimiento eran la constancia de nacimiento; la cédula de identificación de los padres, y si éstos son casados, el acta de matrimonio55. 109.17. En la Oficialía Civil de Sabana Grande de Boyá la oficial civil encargada de los registros de nacimiento, señora Thelma Bienvenida Reyes, informó al señor Genaro Rincón Miesse que no era posible registrar a las niñas, porque los solicitantes no contaban con todos los documentos requeridos por la Junta Central Electoral para dicho procedimiento56. 109.18. Durante el trámite del caso ante la Comisión, el Estado presentó una comunicación suscrita por la señora Thelma Bienvenida Reyes, y adjuntó la siguiente lista emitida por la Junta Central Electoral, en la cual constan los once requisitos requeridos para la inscripción tardía de nacimiento57: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Papel del Alcalde (si nació en zona rural) o certificado de la clínica u hospital donde nació; Certificación constancia de la Iglesia o Parroquia si fue o no bautizado; Certificación Escolar si esta estudiando; Certificación de todas las Oficialías correspondientes al lugar donde nació; Copias de las Cédulas de Identidad y Electoral de los padres (En caso de los padres haber fallecido copias de las actas de defunciones); Si los padres son casados, copia del acta de matrimonio; 55 Cfr. testimonio del señor Genaro Rincón Miesse rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 14 de marzo de 2005; escrito de alegatos finales presentado por el Estado el 14 de abril de 2005 (expediente de excepciones preliminares y eventuales fondo y reparaciones, tomo V, folio 1224), y resolución No. 5/88 emitida por la Junta Central Electoral el 8 de junio de 1988 (expediente de excepciones preliminares, y eventuales fondo y reparaciones, tomo VI, folio 1557). 56 Cfr. escrito del Estado titulado “respuesta […] de la República Dominicana al documento ‘memorandum de apoyo a la audiencia sobre méritos’ presentado por los peticionarios […] en ocasión de la audiencia celebrada el 15 de noviembre de 2001 [ante la Comisión Interamericana]” (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo VI, folios 2547 a 2561); declaración del señor Genaro Rincón Miesse rendida el 9 de agosto de 1999 ante la señora Katherine A. Fleet, en Gazcue, Santo Domingo, República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 4, folios 358 a 367; expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 2, folios 16 a 25, y expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda, anexo 34, folios 94 a 103), y declaración de la señora Leonidas Oliven Yean rendida el 25 de junio ó 9 de julio de 1999 ante la señora Katherine A. Fleet, en el Batey Enriquillo, Sabana Grande de Boyá (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo III, folios 1752 a 1756; expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 34, folios 411 a 415, y expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda, anexo 15, folios 31 y 32). 57 Cfr. escrito del Estado titulado “respuesta […] de la República Dominicana al documento ‘memorandum de apoyo a la audiencia sobre méritos’ presentado por los peticionarios […] en ocasión de la audiencia celebrada el 15 de noviembre de 2001 [ante la Comisión Interamericana]” (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo VI, folios 2547 a 2561); comunicación de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de los Estados Americanos dirigida a la Comisión Interamericana el 30 de septiembre de 1999 (expediente de anexos a la demanda anexo 14, tomo II, folios 1411 a 1418, y expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 13, folios 82 a 89), oficio emitido el 20 de septiembre de 1999 por la Oficial del Estado Civil, señora Thelma Bienvenida Reyes, dirigido al Encargado Inspectoría, señor Luis Felipe Gomez, adjuntado a la comunicación del Estado dirigida a la Comisión Interamericana el 30 de septiembre de 1999 (expediente de anexos a la demanda anexo 14, tomo II, folio 1417, y expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 13, folio 88), y lista de “requisitos para la declaración tardía de nacimientos” emitida por la Junta Central Electoral, de la República Dominicana, adjuntada a la comunicación del Estado dirigida a la Comisión Interamericana el 30 de septiembre de 1999 (expediente de anexos a la demanda anexo 14, tomo II, folio 1418, y expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 13, folio 89).

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