21 En la primera declaración el señor Angárita afirmó que fue detenido alrededor de las 13:00 horas del 29 de diciembre de 1987, junto con su compañera de hogar, la señora Doris Torres Gil, por agentes de la Guardia de Hacienda, uniformados de color verde, que conducían un vehículo tipo “panel” de color blanco con vidrios polarizados, en el cual él y su compañera fueron trasladados a las instalaciones de la Guardia de Hacienda. En ellas, el Director General de dicho cuerpo, el señor Oscar Augusto Díaz Urquizú ordenó a tres agentes que se lo llevaran y le obligaran a confesar un delito que no había cometido. Manifestó haber sido esposado, que le ordenaron ponerse boca abajo en el suelo y que sintió que un hombre se arrodilló sobre su espalda y con una tira de plástico grueso le tapaban la nariz y la boca, impidiéndole respirar, al mismo tiempo que le doblaban hacia atrás la cabeza y las dos piernas se las doblaban. Que le golpearon y le sometieron a dolorosos tratamientos. Un celador escuchaba televisión a todo volumen con la finalidad que no se oyera los lamentos de los torturados. Manifestó que la Guardia de Hacienda le despojó de sus pertenencias, las que no fueron consignadas al Tribunal y que por ende fueron tomadas por la Guardia. Cuando le mostraron fotografías del vehículo tipo “panel” de color blanco con vidrios polarizados, marca Ford Econoline línea 350, número de chasis IFTJE3460BHA37911, modelo 1981, lo reconoció como el que fue utilizado en su aprehensión. (Cfr. Acta notarial suscrita por Augusto Angárita Ramírez en la Granja Modelo de Rehabilitación “Pavón” el cinco de mayo de 1988). En su segunda declaración, el señor Angárita Ramírez afirmó que le capturaron ordenándole colocar las manos atrás para esposarlo y ponerlo en el suelo boca abajo, le pusieron una capucha de plástico para que no respirara, mientras recibía patadas por los costados y le doblaban las piernas hacia arriba, le golpearon los dedos de las manos y de los pies y los órganos genitales y le amenazaron con choques eléctricos. Que se dio cuenta que en ese cuarto había otras personas sometidas a la misma tortura y le despojaron de sus pertenencias, llevándolo luego al Segundo Cuerpo de la Policía Nacional, junto con otras personas y la señora Torres Gil. (Cfr. Declaración de Augusto Ang��rita Ramírez ante el Juez Séptimo de Primera Instancia del Ramo Penal de Instrucción, dada en la Granja Modelo de Rehabilitación “Pavón” el 15 de junio de 1988). b. La señora Doris Torres Gil, referida en algunos documentos como la esposa del señor Angárita Ramírez y en otros como su compañera de hogar, realizó dos declaraciones: el 15 y el 23 de junio de 1988, ante el Juez Séptimo de Primera Instancia del Ramo Penal de Instrucción. En su primera declaración la señora Torres Gil manifestó que fue aprehendida el 29 de diciembre de 1987 por agentes de la Guardia de Hacienda debidamente uniformados y transportada en un vehículo tipo “panel” de color blanco, sin conocer sus características. Declaró que fue llevada en compañía del señor Angárita Ramírez a las instalaciones de la Guardia de Hacienda, en las cuales los separaron. Cuando vio a su esposo de nuevo, a éste le sangraba la boca, estaba esposado y tenía señales de haber sido torturado. Declaró que a ella le robaron sus pertenencias y le hicieron insinuaciones de índole sexual y que luego fue llevada a la cárcel Santa Teresa, donde estuvo detenida.

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