21
En la primera declaración el señor Angárita afirmó que fue detenido alrededor
de las 13:00 horas del 29 de diciembre de 1987, junto con su compañera de
hogar, la señora Doris Torres Gil, por agentes de la Guardia de Hacienda,
uniformados de color verde, que conducían un vehículo tipo “panel” de color
blanco con vidrios polarizados, en el cual él y su compañera fueron trasladados
a las instalaciones de la Guardia de Hacienda. En ellas, el Director General de
dicho cuerpo, el señor Oscar Augusto Díaz Urquizú ordenó a tres agentes que se
lo llevaran y le obligaran a confesar un delito que no había cometido. Manifestó
haber sido esposado, que le ordenaron ponerse boca abajo en el suelo y que
sintió que un hombre se arrodilló sobre su espalda y con una tira de plástico
grueso le tapaban la nariz y la boca, impidiéndole respirar, al mismo tiempo
que le doblaban hacia atrás la cabeza y las dos piernas se las doblaban. Que le
golpearon y le sometieron a dolorosos tratamientos. Un celador escuchaba
televisión a todo volumen con la finalidad que no se oyera los lamentos de los
torturados. Manifestó que la Guardia de Hacienda le despojó de sus
pertenencias, las que no fueron consignadas al Tribunal y que por ende fueron
tomadas por la Guardia. Cuando le mostraron fotografías del vehículo tipo
“panel” de color blanco con vidrios polarizados, marca Ford Econoline línea 350,
número de chasis IFTJE3460BHA37911, modelo 1981, lo reconoció como el que
fue utilizado en su aprehensión.
(Cfr. Acta notarial suscrita por Augusto Angárita Ramírez en la Granja Modelo de
Rehabilitación “Pavón” el cinco de mayo de 1988).
En su segunda declaración, el señor Angárita Ramírez afirmó que le capturaron
ordenándole colocar las manos atrás para esposarlo y ponerlo en el suelo boca
abajo, le pusieron una capucha de plástico para que no respirara, mientras
recibía patadas por los costados y le doblaban las piernas hacia arriba, le
golpearon los dedos de las manos y de los pies y los órganos genitales y le
amenazaron con choques eléctricos. Que se dio cuenta que en ese cuarto había
otras personas sometidas a la misma tortura y le despojaron de sus
pertenencias, llevándolo luego al Segundo Cuerpo de la Policía Nacional, junto
con otras personas y la señora Torres Gil.
(Cfr. Declaración de Augusto Ang��rita Ramírez ante el Juez Séptimo de Primera Instancia
del Ramo Penal de Instrucción, dada en la Granja Modelo de Rehabilitación “Pavón” el 15
de junio de 1988).
b.
La señora Doris Torres Gil, referida en algunos documentos como la
esposa del señor Angárita Ramírez y en otros como su compañera de hogar,
realizó dos declaraciones: el 15 y el 23 de junio de 1988, ante el Juez Séptimo
de Primera Instancia del Ramo Penal de Instrucción.
En su primera declaración la señora Torres Gil manifestó que fue aprehendida el
29 de diciembre de 1987 por agentes de la Guardia de Hacienda debidamente
uniformados y transportada en un vehículo tipo “panel” de color blanco, sin
conocer sus características. Declaró que fue llevada en compañía del señor
Angárita Ramírez a las instalaciones de la Guardia de Hacienda, en las cuales
los separaron. Cuando vio a su esposo de nuevo, a éste le sangraba la boca,
estaba esposado y tenía señales de haber sido torturado. Declaró que a ella le
robaron sus pertenencias y le hicieron insinuaciones de índole sexual y que
luego fue llevada a la cárcel Santa Teresa, donde estuvo detenida.