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POR TANTO:
LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 63.2 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 25.2 del Estatuto de la Corte, y los
artículos 4, 14.1, 25.7 y 29.2 del Reglamento de la Corte,
RESUELVE:
1.
Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los
representantes de los beneficiarios de las presentes medidas provisionales y al Estado,
a una audiencia pública que se celebrará en la República Oriental del Uruguay, en la
sede del Edificio Mercosur, ubicado en la calle Dr. Luis P. Piera No. 1992 de la ciudad
de Montevideo, de 17.15 a 19.00 horas del 13 de agosto de 2008, con el propósito de
que el Tribunal reciba sus alegatos sobre las medidas provisionales ordenadas en el
presente asunto.
2.
Requerir a la República Oriental del Uruguay, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 24 incisos 1 y 3 del Reglamento de la Corte, su cooperación para llevar a
cabo la audiencia pública sobre medidas provisionales por celebrarse en ese país y que
fuera convocada en la presente Resolución, así como para facilitar la entrada y salida
de su territorio de las personas que representarán a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, al Estado del Brasil y a los representantes de los beneficiarios de
las medidas provisionales durante la misma. Para tal efecto se requiere a la Secretaría
que notifique la presente Resolución al Uruguay.
3.
Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al
Estado del Brasil, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los
representantes de los beneficiarios de las presentes medidas.