5 las décadas de cincuenta hasta setenta, tiene raíces históricas profundas, en toda la reflexión filosófica sobre el ser humano a lo largo de los siglos. Ya en el siglo VI de nuestra era, por ejemplo, el filósofo romano A.M.S. Boecio (475-525), condenado in absentia y detenido por supuesta traición, escribió en la cárcel su clásico De Consolatione Philosophiae (525), que concluyó poco antes de su ejecución brutal. En su obra, abordó los infortunios de la vida (como los suyos), e indagó si la filosofía podía servir de consuelo a los desafortunados. Sostiene, sin embargo, que la persona humana es dotada de razón, siendo muy necesaria la rectitud. El único punto para el cual A.M.S. Boecio confesó no haber encontrado explicación fue el del libre arbitrio humano frente a la omnisciencia divina (particularmente el pleno conocimiento divino de lo que va a ocurrir)11. 18. Su preocupación no era con el conocimiento in abstracto, sino más bien centrado en la persona humana. Para el personalismo (como vino a ser conocido), el ser humano no es un objeto, sino un sujeto dotado de libre arbitrio, capacidad creadora, y conciencia. Es así cómo lo visualizaron, en los primordios del derecho de gentes (siglos XVI y XVII), los grandes juristas y teólogos españoles, Francisco de Vitoria (1480-1546), en su cátedra en Salamanca, y Francisco Suárez (1548-1617, nacido en Granada), en su cátedra en Coimbra, Portugal. Ambos tuvieron siempre presentes, a partir de la persona humana, la noción del bien común, y de la unidad del género humano12, propugnando una visión universalista del Derecho Internacional. La persona humana, dotada de conciencia, se entiende a sí misma como portadora de valor supremo, más allá que el individuo. 19. La concepción del personalismo, tal como vino a tornarse conocida en nuestros tiempos, tiene sus raíces en el pensamiento y los escritos de autores como Pascal (la conciencia existencial), Goethe (la unidad dinámica del espíritu y la materia), E. Kant (la importancia fundamental de la persona humana), H. Bergson (la memoria y la vida)13, además de Max Scheler, Karl Jaspers y Gabriel Marcel. El personalismo del siglo XX, visualizando la persona como ser viviente, que se construye a sí misma, y portadora de valor supremo como tal, - y no como un ente abstracto, o un simple individuo como parte de una especie, - vino a añadirse al pensamiento jusnaturalista contemporáneo, y a enriquecerlo14. 20. Uno de los grandes exponentes del personalismo en el siglo pasado fue Emmanuel Mounier, quien sistematizó sus ideas y las publicó un año antes de su muerte en 1950, y quien oponía su personalismo solidarista al individualismo egoísta así como a los colectivismos ideológicos (inclusive al capital financiero, que se tornara dueño de las vidas humanas); él consideraba el Derecho como "garante institucional de la persona" humana, y su concepción del Derecho tenía así un inequívoco fundamento humanista, por cuanto se basaba en la persona humana per se15. Para E. Mounier, el personalismo afirma el primado de la persona . A.M.S. Boethius, The Consolation of Philosophy (circa 525), N.Y., B. & Noble, 2005 [reprint], pp. 113, 122, 125, 127 y 134. 11 . Cf., inter alia, v.g., Y. de la Brière, "Introduction", Vitoria et Suarez - Contribution des théologiens au Droit international moderne, Paris, Pédone, 1939, pp. 5-12. 12 . Para Henri Bergson, no hay percepción que no esté permeada de recuerdos, y la duración - v.g., de la vida - es el pasado acumulado que invade el presente; cf. H. Bergson, Memória e Vida, São Paulo, Martins Fontes, 2006 [reed.], pp. 2, 47, 86, 122-123 y 162. 13 . J.A. de la Torre Rangel, Iusnaturalismo, Personalismo y Filosofía de la Liberación - Una Visión Integradora, Sevilla, Edit. MAD/Colección Universitaria, 2005, pp. 70-71, y cf. pp. 65 y 68-69. 14 15 . Ibid., pp. 81, 86 y 95, y cf. pp. 62 y 113.

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