salud, Néstor decidió regresar a Tocache para recuperar lo perdido y cobrar unos ahorros que su madre tenía
en el banco118.
126.
Según los peticionarios, el 8 de marzo de 1991 la madre de Néstor Rojas Medina presentó
denuncia por su desaparición ante la Fiscalía de la Nación. En junio de 1992, la Fiscalía de Defensoría del
Pueblo y Derechos Humanos les comunicó a los familiares que habría identificado al responsable que sería el
jefe de la Comandancia de la Policía General de Tocache119. Sin embargo, indicaron los peticionarios que por
la aplicación de la Ley de Amnistía de 15 de junio de 1995, no se pudo seguir un proceso en contra de dicha
persona.
127.
El 16 de septiembre de 2004 la señora Marcelina Medina Negrón interpuso ante la Fiscalía
Provincial Especializada en Desapariciones Forzadas una denuncia penal en contra del Comandante de
seudónimo “Tito”, jefe de la Comandancia de la Policía General de Tocache, por los delitos de secuestro y
desaparición forzada de Néstor Rojas Medina120.
128.
El 22 de agosto de 2005 los familiares de Néstor Rojas Medina solicitaron a la Defensoría del
Pueblo una constancia de ausencia por desaparición forzada en el marco de la Ley 28413 (ley que regula la
ausencia por desaparición forzada durante el periodo 1980-2000)121.
129.
La Defensoría del Pueblo emitió el Informe de Verificación No. 6790-20006-OD/Lima del 6
de septiembre de 2006 en la que, como antecedentes del caso observa que “la desaparición de Néstor Rojas
Medina se encuentra registrada en la Lista consolidada de la base de datos de la Comisión de la Verdad y
Reconciliación incluida en la publicación “los peruanos que faltan: Lista preliminar de personas
desaparecidas por la violencia (1980-2000), con el registro No. 6790””122.
130.
En su Informe, la Defensoría del Pueblo se refiere a información existente en el acervo
documentario del Ministerio Público:
a)
b)
c)
Denuncia de Marcelina Medina Negrón presentada el 8 de marzo de 1991, ante la
Fiscalía de la Nación.
Oficio N°645-DL-S, de 21 de marzo de 1991, de la Secretaría del Senado a la Fiscalía
de la Nación informando que el 14 de febrero de 1991, el senador Hurtado Pozo se
comunicó con el Jefe de la Comandancia de la Policía General de Tocache, quien se
identificó como el Comandante “Tito” y le confirmó que Néstor Rojas Medina había
sido puesto a disposición de las Fuerzas Armadas.
Oficio N° 074/B-2 de 21 de mayo de 1991, del Comandante General del Frente
Huallaga a la Fiscalía Especial de la Defensoría del Pueblo y Derechos Humanos de
Lima informando que Néstor Rojas Medina no fue entregado a ninguna Base
Contrasubersiva del Frente Huallaga123.
131.
La Defensoría del Pueblo tomó en consideración el testimonio de la señora Marcelina Medina
Negro, madre de Néstor Rojas Medina; así como los de sus tías, Faustina Collantes Quiróz y Luzmilla Collantes
118
Anexo 51. Comunicación de los peticionarios de 23 de septiembre de 2011.
119
Anexo 51. Comunicación de los peticionarios de 23 de septiembre de 2011.
120
Anexo 53. Comunicación del Estado de 7 de diciembre de 2004.
Anexo 54. Comunicación de los peticionarios del 25 de mayo de 2007. Informe de Verificación No. 6790-20006-OD/Lima
del 6 de septiembre de 2006.
121
122 Anexo 54. Comunicación de los peticionarios del 25 de mayo de 2007. Informe de Verificación No. 6790-20006-OD/Lima
del 6 de septiembre de 2006.
123 Anexo 54. Comunicación de los peticionarios del 25 de mayo de 2007. Informe de Verificación No. 6790-20006-OD/Lima
del 6 de septiembre de 2006.
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