1.
Acción por daños y perjuicios y decisión de primera instancia
98.
Además de las acciones descritas con anterioridad, en diciembre de 1999 el peticionario
presentó una demanda por daños y perjuicios contra el Estado y contra Juan José Galeano (Juez que ordenó su
detención en 1994) la cual se tramitó ante la Jueza Federal de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo No. 10.
99.
El 8 de junio de 2000 la demanda de daños y perjuicios fue parcialmente rechazada al
acogerse la excepción de falta de legitimación para ser demandado interpuesta por el juez de instrucción, por
no haberse solicitado previamente su desafuero según lo disponían los artículos 115 y 53 de la Constitución
Nacional. En la misma providencia, la Jueza decidió continuar el trámite de la demanda respecto del Estado
Nacional51.
100.
El 30 de abril de 2007 dicha jueza dictó sentencia rechazando la acción de daños y perjuicios,
indicando que para que el Estado sea responsable del perjuicio ocasionado a quien sufre prisión preventiva y
luego resulta absuelto, se requiere que la absolución haya sido dictada en virtud de su “inocencia manifiesta” y
que el auto de prisión preventiva se revele como incuestionablemente infundado o arbitrario, lo cual no surge
del expediente del caso bajo su conocimiento52. Indicó que el señor Jenkins fue absuelto por el Tribunal Oral en
lo Criminal Federal No. 6 por no haberse producido acusación fiscal en su contra, sin embargo su absolución
fue decidida por mayoría simple y no fue dictada en virtud de su inocencia manifiesta sino por la insuficiencia
de elementos probatorios en su contra53.
101.
Agregó en relación con el auto de prisión preventiva, que este no fue incuestionablemente
infundado o arbitrario porque para dictarlo no sólo se tuvo en cuenta la conversación a que se refiere el
cassette No. 40, sino diversos elementos probatorios que convencieron al juez para dictar la medida
preventiva. Concluyó indicando que “el hecho de que el actor hubiera permanecido en prisión por el lapso
aproximado de tres años y medio no transforma, sin más, en ilegítima dicha detención ni lo habilita, en este
caso a solicitar daños y perjuicios”54.
2.
Recurso de apelación, decisión de segunda instancia y recurso de queja
102.
La defensa de la presunta víctima interpuso un recurso de apelación contra la sentencia
mencionada, argumentando que en la causa penal seguida en su contra el juez instructor y los fiscales
utilizaron prueba inexistente para decretar su prisión preventiva y someterlo a juicio oral; que la sentencia del
Tribunal Oral en lo Criminal Federal No. 6 ordena investigar un probable delito, lo cual no se hizo; y que su
sometimiento a prisión preventiva por más de dos años constituye una condena ilegítima que debe ser
resarcida55.
51
Anexo 19. Decisión de 8 de junio de 2000 del Juzgado Contencioso Administrativo Federal No. 10.
52 Anexo 20. Decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Anexo a la
comunicación presentado por el Estado el 16 de octubre de 2009.
53 Anexo 20. Decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Anexo a la
comunicación presentado por el Estado el 16 de octubre de 2009.
54 Anexo 20. Decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Anexo a la
comunicación presentado por el Estado el 16 de octubre de 2009.
55 Anexo 20. Decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Anexo a la
comunicación presentado por el Estado el 16 de octubre de 2009.
16