10 28. El 23 de enero de 2001 la Embajada del Perú ante el Gobierno de la República de Costa Rica remitió copia facsimilar de la Resolución Legislativa No. 27401 de fecha 18 de enero de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de enero de 2001, mediante la cual se “derog[ó] la Resolución Legislativa Nº 27152”, se “encarg[ó] al Poder Ejecutivo [que realizara] todas las acciones necesarias para dejar sin efecto los resultados que haya generado dicha Resolución Legislativa”, y se “restableci[ó] a plenitud para el Estado peruano la Competencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. 29. El 9 de febrero de 2001 la Embajada del Perú ante el Gobierno de la República de Costa Rica remitió copia de la Resolución Suprema Nro. 062-2001-RE de 7 de febrero de 2001, publicada el día 8 de los mismos mes y año en el Diario Oficial El Peruano, mediante la cual se designó a los señores Javier Ernesto Ciurlizza Contreras como Agente y al señor César Lino Azabache Caracciolo como Agente alterno. 30. El 16 de febrero de 2001 la Embajada del Perú en Costa Rica remitió una nota del Agente y el Agente alterno, en la cual informaron sobre su designación como agentes y el lugar donde se tendrían por debidamente notificadas las comunicaciones en el presente caso. 31. El 19 de febrero de 2001 el Agente y el Agente alterno presentaron un escrito mediante el cual informaron que el Estado: 1. [R]econoce su responsabilidad internacional en el caso materia del presente proceso, por lo que iniciará un procedimiento de solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, así como ante los peticionarios en este caso. 2. En virtud de este reconocimiento, […] cursará comunicaciones a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos para iniciar conversaciones formales y alcanzar el citado acuerdo. 32. El 21 de febrero de 2001 el Presidente de la Corte emitió una Resolución, en la cual resolvió [c]onvocar a los representantes del Estado del Perú y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública que se celebrar[ía] en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a partir de las 9:00 horas del día 14 de marzo de 2001 a efectos de escuchar a las partes con respecto a la posición del Estado transcrita en el Visto 2 de [dicha] Resolución. Esta Resolución fue notificada el 22 de febrero de 2001 tanto al Perú como a la Comisión. 33. caso. El 14 de marzo de 2001 se celebró la audiencia pública sobre el presente Comparecieron ante la Corte: Por el Estado del Perú: Javier Ernesto Ciurlizza Contreras, Agente; y

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