dolores en el pecho y no podía mover sus extremidades 79. Sostuvo que el capitán de la embarcación no lo socorrió y que recién luego de tres días y por insistencia de los demás buzos, fue trasladado a Roatán, donde estuvo en la cámara hiperbárica por dos días y luego fue trasladado al hospital de la Ceiba80. Indicó que los médicos determinaron que sufría de secuelas por la descompresión81. El señor Valeriano sostuvo que tuvo que pedir un préstamo para costear los gastos de su tratamiento82. 74. El 13 de diciembre de 2000 Amistero Bans Valeriano presentó un reclamo de indemnización ante la oficina de Higiene y Seguridad Ocupacional por el accidente de trabajo sufrido. El 18 de diciembre de 2000 se pautó audiencia con el Inspector de Trabajo, a la cual no compareció el dueño de la embarcación83. 75. El 5 de enero de 2001 el Inspector del Trabajo emitió el cálculo por incapacidad temporal, indicando que corresponde al dueño de la embarcación el pago de 112,161.00 lempiras84. Este cálculo le fue notificado al dueño de la embarcación, Roberto Pino, otorgándole un plazo de tres días para que se manifieste. En el acta de notificación se indica que “el señor (…) no firmó la presente acta por no querer hacerlo”85. 76. El 29 de diciembre de 2001 se emitió el dictamen médico de Amistero Bans Valeriano que indica que el 4 de septiembre de 2000 sufrió síndrome de descompresión al emerger a la superficie del mar donde buceaba y que necesitaba tratamiento de rehabilitación física86. 77. El 4 de septiembre de 2001 el señor Valeriano presentó una demanda laboral ante el Juez de Letras Seccional del Trabajo en contra del dueño de la embarcación, Roberto Pino87. El 11 de octubre de 2001 el Juez de Letras Seccional del Trabajo remitió oficio a la Dirección de Marina Mercante, solicitándole “su colaboración en el sentido de no extender permiso de zarpe a la embarcación denominada Pelican, color blanco, propiedad del señor Roberto Pino, procediéndose a la detención de la misma”88. 78. El 2 de enero de 2002 el señor Pino presentó su respuesta a la demanda laboral, indicando que no tiene ninguna relación patrono-obrero con el demandante, y que no es propietario de la embarcación Pelican89. El 6 de marzo de 2002 el Servicio de Medicina Ocupacional de la Dirección General de Previsión Social, emitió dictamen médico indicando que a causa del síndrome de descompresión sufrido, el señor Valeriano presenta las siguientes secuelas: hiperreflexia osteotendinoso y parestesia en miembro inferior derecho y leve dificultad para la marcha90. Anexo 20. Certificación de Acta de comparecencia de 13 de diciembre de 2000 por la Secretaría de Higiene y Seguridad Ocupacional. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 80 Anexo 20. CEJIL. Entrevista realizada a Amisterio Bans. 17 de enero Ibans-2008. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 2 de abril de 2010. 81 Anexo 20. CEJIL. Entrevista realizada a Amisterio Bans. 17 de enero Ibans-2008. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 2 de abril de 2010. 82 Anexo 20. Demanda laboral presentada el 4 de septiembre de 2001 por Amisterio Bans Valeriano. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 83 Anexo 20. Certificación de Acta de comparecencia por la Secretaría de Higiene y Seguridad Ocupacional de 18 de diciembre de 2000. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 84 Anexo 20. Certificación de cálculo por incapacidad temporal elaborado por el Inspector del Trabajo II de 5 de enero de 2001, realizada por el Departamento de Higiene y Seguridad Social de fecha 3 de mayo de 2001. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 85 Anexo 20. Certificación de acta de notificación del Inspector de Trabajo II el 9 de enero de 2001, realizada por el Departamento de Higiene y Seguridad Social de fecha 4 de mayo de 2001. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 86 Anexo 20. Certificación de dictamen médico de viernes 29 de diciembre del 2000, realizada por el Departamento de Higiene y Seguridad Social de fecha 4 de mayo de 2001. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 87 Anexo 20. Demanda laboral presentada el 4 de septiembre de 2001 por Amisterio Bans Valeriano. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 88 Anexo 20. Oficio de 11 de octubre de 2001 dirigido a la Dirección de Marina Mercante. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 89 Anexo 20. Contestación de la demanda de 2 de enero de 2002 por Roberto Jaime Pino Merren. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 90 Anexo 20. Dictamen médico de Amisterio Bans Valeriano de 6 de marzo de 2002 del Servicio de Medicina Ocupacional. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004. 79 14

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