entregó al señor Castellón la suma de 3,000.00 señalando que el resto sería pagado en marzo y agosto del
mismo año276.
178.
El 20 de noviembre de 2001 el señor Castellón presentó una demanda laboral para el pago de
indemnización por enfermedad profesional en contra de la señora Hilsaca, señalando la falta de pago de los
montos comprometidos277.
179.
La señora Hilsaca contestó la demanda y alegó que ella nunca fue la propietaria de la
embarcación “Sea House”278. La demandada no se apersonó a la audiencia de conciliación, en el marco de la
cual el tribunal sostuvo que “consta […] en el Acta de Compromiso de Pago (…) que la propietaria del bote
langostero Sea House es la demandada señora Basima Hilsaca, y que no hay otra prueba que contradiga tal
extremo”. En consecuencia, el tribunal declaró sin lugar la excepción presentada por la señora Hilsaca279.
180.
El 17 de abril de 2002 la señora Hilsaca declaró que “como persona natural no he sido dueña
de dicho bote en el mencionado período”. Sostuvo que ella, como socio de la Sociedad Hermanos Hilsaca, firmó
el acuerdo de pago280. El 24 de mayo de 2002 se llevó a cabo la audiencia de juzgamiento en la cual se condenó
a la demandada al pago de 37,000.00 lempiras en concepto de indemnización por enfermedad profesional
consistente en síndrome de descompresión del buzo281.
181.
El 29 de agosto de 2002 el representante del señor Castellón solicitó al tribunal que “se decrete
embargo de las cuentas de ahorro, a plazo fijo, cuenta de cheques, que pudiera tener la señora Basima
Hilsaca”282. De acuerdo a Dany Castellón Masier, hijo de la presunta víctima, hasta el año 2012 no habrían
recibido ningún pago283.
182.
Emiclena Masiel Alen y Dany Castellón Masier, esposa e hijo de la presunta víctima
respectivamente, sostuvieron que su padre falleció en el año 2002284. Su hijo señaló que después del accidente
el señor Castellón no podía caminar bien y en consecuencia no podía trabajar. Indicó que debido a la falta de
atención médica su situación empeoró y falleció285.
36.
Timoteo Salazar Zelaya
183.
En el año 2002, Timoteo Salazar Zelaya se encontraba trabajando como buzo pescador en la
embarcación de Omar Phllips. De acuerdo a un informe del Despacho del Trabajo y Seguridad Social, el señor
Salazar tuvo un accidente mortal en dicha embarcación en el año 2002. Asimismo, en dicho informe se indica
que se llegó a una conciliación entre el dueño de la embarcación y los familiares del señor Salazar, por la
cantidad de 100,000.00 lempiras. Los familiares del señor Salazar manifestaron en el año 2003 que no
recibieron ninguna cantidad de dinero286.
Anexo 51. Acta de compromiso de pago de Basima Hilsaca a Carlos Castellón Cárdenas de 15 de febrero de 2001. Anexo a la petición
inicial recibida el 5 de noviembre de 2004.
277 Anexo 51. Demanda ordinaria laboral de Carlos Castellón Cárdenas contra Basima Hilsaca de 20 de noviembre de 2001. Anexo a la
petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004.
278 Anexo 51. Contestación de la demanda de 21 de febrero de 2001. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004.
279 Anexo 51. Audiencia conciliatoria de 28 de febrero de 2002. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004.
280 Anexo 51. Interrogatorio a la Señor Hilsaca 17 de abril de 2002. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004.
281 Anexo 51. Audiencia de juzgamiento de 24 de mayo de 2002. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004.
282 Anexo 51. Orden de embargo y oficios a instituciones financieras. Anexo a la petición inicial recibida el 5 de noviembre de 2004.
283 Anexo 51. Entrevista a Dany Castellón Masier de fecha 6 de agosto de 2012. Audio no 17. Anexo a comunicación de los peticionarios de
fecha 12 de febrero de 2015.
284 Anexo 51. Entrevista a Dany Castellón Masier de fecha 6 de agosto de 2012. Audio no 17. Anexo a comunicación de los peticionarios de
fecha 12 de febrero de 2015. Entrevista a Emiclena Masiel Alen de fecha 15 de octubre de 2014. Audio no 29. Anexo a comunicación de los
peticionarios de fecha 12 de febrero de 2015.
285 Anexo 51. Entrevista a Dany Castellón Masier de fecha 6 de agosto de 2012. Audio no 17. Anexo a comunicación de los peticionarios de
fecha 12 de febrero de 2015.
286 Anexo 52. “Informe de buzos accidentados, de enero del año 2,002 al 26 de mayo del año 2,004. Dirigido al Abogado: Carlos Remberto
Zalavarría Reconco, Apoderado Legal de la Asociación de Miskitos Hondureños Buzos Lisiados del Rio Plátano”, signado por el C. Santos
Elpidio Cadenas, de la Regional La Ceiba, con sello parcialmente ilegible, aparentemente de la Inspección de Higiene y Seguridad de la
Dirección Gral. de Prevención de la Secretaria de Estado en el Despacho del Trabajo y Seguridad Social, pagina 1. Anexo a la petición recibida
el 05 de noviembre de 2004.
276
33