17 g. El 12 de febrero de 1987 el señor Cantos solicitó a la Corte Suprema de Justicia que se abriera la etapa probatoria36. El 2 de marzo de 1987 la Corte Suprema de Justicia otorgó al Estado y a la Provincia plazo de 40 días para recibir las pruebas37. El 28 de mayo de 1987 el señor Cantos solicitó que se rechazara cualquier prueba al Estado y a la Provincia por haber vencido el plazo concedido por la Corte al efecto38. Al día siguiente la Corte Suprema de Justicia informó al señor Cantos que el plazo para la presentación de la prueba había sido suspendido en razón del hecho nuevo que había sido aceptado39 (supra 43.f). En junio de 1987 las partes se opusieron a las pruebas aportadas por las contrarias40. A partir de octubre de 1987 y hasta octubre de 1990 se discutió en el procedimiento sobre diferentes pruebas ofrecidas por las partes41, entre las que destacaba la prueba pericial42. El 9 de noviembre de 1989, se allegó el resultado del peritazgo a la Corte Suprema de Justicia43, desde esa fecha y hasta octubre de 1990 se presentaron varios recursos por parte del señor Cantos para el desistimiento del peritazgo sobre la validez del convenio44 y solicitó la 35 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 250 y ss, 255 y ss. 36 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 229. 37 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, fs. 234 y 234 vuelto. 38 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 263. 39 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo II, f. 264. 40 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo IV, fs. 692 y ss, 695, 697, Tomo IX, fs. 1591 y 1592 vuelto y Tomo IX, fs. 1594 a 1598. 41 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo XII, fs. 2189 vuelto, 2190 vuelto, 2196 y f. 2193; Oficio de fecha 21/10/87 en el que se solicita el envío a la Corte Suprema de Justicia de las reclamaciones administrativas, anexo 24 de la demanda; Contestación del oficio a través del Secretario General de la Gobernación, Luis María Peña, con fecha 9 de noviembre de 1987, anexo 25 de la demanda; Informe del Banco de la Provincia de Santiago del Estero de 17 de noviembre de 1987 en respuesta a una solicitud de la Corte Suprema de Justicia, anexo 26 de la demanda; Oficio del Secretario de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero de 18 de noviembre de 1987, anexo 27 de la demanda; Declaraciones testimoniales ante el Juzgado Federal de Santiago del Estero (marzo/mayo 1988), por oficio librado por la Corte Suprema de Justicia en el Expediente C-1099, anexo 28 de la demanda; Declaración rendido por Carim Nassif Neme de 21 de septiembre de 1987 ante la Corte Suprema de Justicia de Justicia en el Expediente C-1099, anexo 28 a) de la demanda; Oficio de 21 de octubre de 1987 librado a la Policía de la Provincia de Santiago del Estero y su contestación en el Expediente C-1099, Corte Suprema de Justicia, anexo 28 b) de la demanda; y 7 de diciembre de 1988: Copias de las constancias de búsqueda por parte del Juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional de 3ª. Nominación de la Provincia de Santiago del Estero, Dr. Roberto Osvaldo Encalada y por la Secretaria del Juzgado, Dra. Gloria Cárdenas, de un expediente caratulado: "Denuncia formulada por el Dr. Carim Nassif Neme c/ Luis María Juan José Peña por el supuesto delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público" y la imposibilidad de localizar dicho expediente, anexo 30 de la demanda; y 1986/89 el fiscal de Estado Dr. David Beltrán interpone denuncia contra J. M. Cantos por falsificación de documento público ante el juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la 2da. Nominación de Santiago del Estero. El 10 de julio de 1989 fue sobreseído el señor Cantos, causa Nº 1757, Juez Dra. M. A. Zurita de González. -Convenio de 1982-, anexo 31 de la demanda. 42 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo IV, fs. 708, 740 y ss, 753, 756, 788, 1303, Tomo VIII, fs. 1445, 1446, 1447, 1448, 1449, 1450 y 1452 Tomo VIII, f. 1460, Tomo XI, fs. 2089 y ss, 2030, 2092, 2095, 2097 y ss, 2108, 2108 vuelto, 2122. 43 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo XI, f. 2177. 44 Expediente Judicial C-1099 tramitado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tomo VIII, f. 1452.

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