4. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten sus declaraciones ante fedatario público (Affidavit): A. Declaraciones de presuntas víctimas (Propuestas por los intervinientes comunes de la organización Reiniciar) 1) Beatriz Elena Gómez Pereañez, declarará sobre el alegado contexto regional de persecución temprana contra miembros de la Unión Patriótica y contra las aspiraciones políticas del partido en el departamento de Antioquia, así como en relación con la alegada obstrucción al ejercicio de la representación que ejercía. Adicionalmente relatará los hechos de supuesta estigmatización continuada en su contra, en razón de su militancia en la Unión Patriótica, entre otros aspectos relativos a los hechos del caso. 2) Jose Antonio López Bula, declarará sobre supuestos hechos referidos a la persecución desatada en la región Urabá, los supuestos impactos de la alegada victimización en esta región del país donde la Unión Patriótica logró amplio respaldo político, y las políticas regionales instituidas tras los triunfos de la Unión Patriótica en esta región. De igual manera, declarará sobre los alegados impactos del exilio forzado por la persecución en su contra, entre otros hechos relativos al caso. 3) Patricia Elia Ariza Flórez, declarará sobre la manera cómo vivió la alegada persecución contra la Unión Patriótica, el alegado exterminio de sus miembros, el impacto en el partido político y en el movimiento cultural que lideraba, y lo concerniente a la perspectiva de garantías de no repetición, entre otros hechos relativos al caso. 4) Beatriz Elena Zuluaga Sosa, relatará los aspectos del alegado homicidio de uno de los primeros congresistas elegidos popularmente, la forma como se desarrollaron y la presunta participación de agentes del Estado en connivencia con paramilitares. De igual manera declarará sobre los hechos relativos a la persecución desatada en contra de Pedro Luis Valencia y en su contra, el exilio obligado, el retorno y el profundo impacto que los hechos habrían causado en su familia, entre otros hechos relativos al caso. 5) René Alfredo Cabrales Sossa, declarará sobre las alegadas prácticas de persecución a la Unión Patriótica a nivel territorial, así como la alegada acción conjunta de diversos grupos de victimarios. 6) Adela Solano Rivera, declarará sobre su alegada victimización, los daños en su vida personal, familiar y laboral, y el impacto que provocó para sus aportes al partido político. 7) Martha Cecilia Garzón Cortés, declarará en relación con el alegado contexto de persecución y exterminio contra la Unión Patriótica en el departamento del Meta, la manera como James Ricardo Barrero y su familia vivieron la alegada persecución desatada contra este dirigente político, las acciones dirigidas a la búsqueda de verdad y de justicia, los impactos de los hechos en su vida de relación y en el debilitamiento del partido político Unión Patriótica, entre otros aspectos relativos a los hechos del caso. 8) Luis Alexander Naranjo León, declarará sobre el alegado ataque a sedes políticas, a miembros de la Juventud Comunista, al alegado daño causado a la organización política, entre otros hechos relacionados. -19-

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