-7POR TANTO:
EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en ejercicio de sus atribuciones en relación al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas
y de conformidad con el artículo 31 de su Reglamento y los artículos 2 a 6 del
Reglamento del Fondo de Asistencia,
RESUELVE:
1.
Declarar procedente la solicitud de las víctimas en el caso Familia Barrios,
interpuesta a través de sus representantes, para recibir apoyo del Fondo de
Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
específicamente para cubrir los gastos de traslado, alojamiento y manutención
razonables y necesarios para que el señor Luis Aguilera comparezca ante el Tribunal
el 5 de febrero de 2015 a la audiencia privada de supervisión de cumplimiento de
sentencia del presente caso, de conformidad con lo establecido en los Considerandos
11 a 20 de la presente Resolución.
2.
Disponer, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Corte sobre
el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, que la Secretaría del
Tribunal abra un expediente de gastos, donde se documentará cada una de las
erogaciones que se realicen en aplicación de dicho Fondo.
3.
Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución a los
representantes de las víctimas, al Estado de Venezuela y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos.
Humberto Sierra Porto
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Humberto Sierra Porto
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario