5
16.
La verdad es que necesitamos la memoria, unos de los otros; los hijos necesitan la
memoria de los padres envejecidos que los quieren, y éstos necesitan la memoria de sus hijos.
Todos encuéntranse ligados - y no separados - en el tiempo. La memoria es un deber de los
vivos hacia sus muertos; los muertos necesitan la memoria de sus sobrevivientes queridos,
para que no dejen de existir en definitiva14.
17.
En mi Voto Razonado en el caso Bámaca Velásquez versus Guatemala (fondo, 2000),
ponderé que
"A mi modo de ver, el tiempo - o más bien, el pasar del tiempo, - no
representa un elemento de separación, sino más bien de acercamiento y unión,
entre los vivos y los muertos, en el caminar común de todos hacia lo
desconocido. El conocimiento y la preservación del legado espiritual de nuestros
ancestrales constituyen una vía por medio de la cual los muertos pueden
comunicarse con los vivos. Así como la experiencia vivencial de una comunidad
humana se desarrolla con el flujo continuo del pensamiento y de la acción de los
individuos que la componen, hay igualmente una dimensión espiritual que se
transmite de un individuo a otro, de una generación a otra, que antecede a
cada ser humano y que sobrevive a él, en el tiempo. Hay efectivamente un
legado espiritual de los muertos a los vivos, captado por la conciencia humana.
(...) Lo que nos sobrevive es tan sólo la creación de nuestro espíritu, con el
propósito de elevar la condición humana. Es así como concibo el legado de los
muertos, desde una perspectiva de los derechos humanos" (párrs. 15-16).
18.
En otro Voto Razonado en el mismo caso Bámaca Velásquez versus Guatemala
(reparaciones, 2002), agregué que
"a mi juicio, lo que concebimos como el género humano abarca no sólo
los seres vivos (titulares de los derechos humanos), sino también los muertos
(con su legado espiritual). El respeto a los muertos se debe efectivamente en
las personas de los vivos. La solidaridad humana tiene una dimensión más
amplia que la solidaridad puramente social, por cuanto se manifiesta también
en los lazos de solidaridad entre los muertos y los vivos" (párr. 25).
IV.
La Maduración del Tiempo, la Conciencia, y la Búsqueda del Perdón.
19.
Al reconocimiento del deber de memoria y de su necesidad, parece sumarse
igualmente, en nuestros días, la concientización de la importancia de la búsqueda del perdón
por la perpetración de las graves violaciones de los derechos humanos. En una obra reciente,
P. Ricoeur señala oportunamente que "c'est dans notre capacité à maîtriser le cours du temps
que paraît pouvoir être puisé le courage de demander pardon"15; y evoca la reflexión de K.
Jaspers, para quien "l'instance compétente, c'est la conscience individuelle"16. En efecto, si
.
Como ya en su época (1380-1471) advertía Thomas à Kempis, "today a man is here; tomorrow
he is gone. And when he is out of sight, he is soon out of mind". Th. à Kempis, The Inner Life, London,
Penguin, 2004 [reed.], p. 19.
14
15
.
P. Ricoeur, La mémoire, l'histoire, l'oubli, op. cit. supra n. (...), p. 630.
16
.
Cf. ibid., p. 616.