9
Akayesu el Tribunal Penal Internacional ad hoc para Ruanda (Trial Chamber) señaló que el
acusado (Sr. J.-P. Akayesu), condenado a prisión por el Tribunal (párr. 3), a pesar de haber
aceptado responsabilidad por los hechos tan sólo por omisión (por falta del cumplimiento del
deber de proteger la población de Taba), sin embargo insistió en
29
"publicly expressing sympathy for all the victims of the tragic events
which took place in Rwanda, be they Tutsi, Hutu, or Twa. He asked for the
forgiveness of the people of Rwanda in general and specifically of the people of
the Taba commune (...)" (párr. 2).
5.
Conclusión.
29.
La conciencia jurídica universal - que considero - como lo he resaltado en muchos de
mis Votos en el seno de esa Corte, además de en mis escritos - como la fuente material última
de todo el Derecho, parece estar despertando, en todo el mundo en que vivimos, hacia el
reconocimiento de la relevancia de la búsqueda del perdón. Lo acaecido en el procedimiento
contencioso ante esta Corte en el presente caso Gutiérrez Soler versus Colombia se inserta en
esta alentadora línea de evolución.
30.
En esta última también se insertan los sucesivos casos de reconocimiento de
responsabilidad internacional efectuados por los respectivos Estados demandados a lo largo de
30
toda la historia de esta Corte. Dichos casos suman un total de 15 con el presente (algunos
con más de una sentencia), lo que corresponde al 28% del total de los casos adjudicados por
esta Corte hasta el día de hoy. Este porcentaje no encuentra paralelo en la práctica de ningún
otro tribunal internacional contemporáneo. Me siento verdaderamente privilegiado en haber
podido participar en la adjudicación de todos estos casos hasta la fecha, - desde el primero de
ellos, la Sentencia del 04.12.1991 en el caso Aloeboetoe versus Suriname, - y acompañar así
de muy cerca ese proceso alentador de concientización por parte de los Estados de sus
deberes de protección hacia todos los individuos que se encuentren bajo sus respectivas
jurisdicciones.
31.
Quisiera concluir este Voto Razonado con una referencia a un libro magistral (de
aquéllos que ya no se escriben más en nuestra nueva era de la informática), titulado Le
problème du mal - l'histoire (1948), en que su lúcido autor, R.P. Sertillanges, observó con
acierto que el pensamiento positivista, negador de la inmortalidad, e insensible a los valores,
se tornó simplemente inconsciente del problema del mal31. El despertar de la conciencia
jurídica universal viene, a mi modo de ver, a sepultar en definitiva la indiferencia de la miopía
positivista, - siempre connivente con el poder, y sumiso al mismo, inclusive cuando es ejercido
en grave violación de los derechos básicos inherentes a la persona humana.
Antônio Augusto Cançado Trindade
Juez
29
.
Caso n. ICTR/96-4-T.
Casos Aloeboetoe, El Amparo, Caracazo, Barrios Altos, Benavides Cevallos, Garrido y
Baigorria, Carpio Nicolle y Otros, Trujillo Oroza, Bulacio, Molina Theissen, Myrna Mack, Masacre de
Plan de Sánchez, Huilca Tecse, Masacre de Mapiripán y Gutiérrez Soler.
30
.
R.P. Sertillanges, Le problème du mal - l'histoire, Paris, Aubier, 1948, p. 292, y, para la
importancia de los valores, cf. pp. 395-397.
31