-41- dentro de un plazo razonable, las medidas necesarias para que las condiciones de las cárceles se adecuen a las normas internacionales de derechos humanos en este tema. * C) GASTOS Y COSTAS 135. Dado que los representantes no solicitaron ni gastos ni costas ante la Corte, ya que están actuando pro bono, y la Comisión no ha presentado ninguna observación al respecto, la Corte no otorga particulares gastos y costas en el presente caso. XI MODALIDAD DE CUMPLIMIENTO 136. Para dar cumplimiento a la presente Sentencia, el Estado deberá efectuar el pago de la indemnización (supra párr. 128) dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de esta Sentencia; y debe adoptar las otras medidas de reparación, según los términos de los párrafos 131 a 134. 137. El pago de la indemnización establecida a favor de la víctima será hecha directamente a él. Si la víctima hubiere fallecido o fallezca antes del pago de la correspondiente indemnización, dicha cantidad se distribuirá conforme el derecho nacional aplicable. 138. El Estado puede cumplir sus obligaciones de carácter pecuniario mediante el pago en dólares de los Estados Unidos de América o en una cantidad equivalente en moneda nacional del Estado, utilizando para el cálculo respectivo el tipo de cambio entre ambas monedas que esté vigente en la plaza de Nueva York, Estados Unidos de América, el día anterior al pago. 139. Si por causas atribuibles al beneficiario de la indemnización no fuera posible que la reciba dentro del indicado plazo de un año, contado a partir de la notificación de la presente Sentencia, el Estado consignará dichos montos a favor del beneficiario en una cuenta o certificado de depósito en una institución bancaria solvente de Trinidad y Tobago, en dólares estadounidenses y en las condiciones financieras más favorables que permitan la legislación y la práctica bancarias. Si al cabo de diez años la indemnización no ha sido reclamada, la cantidad será devuelta al Estado con los intereses devengados. 140. El monto asignado en la presente Sentencia bajo concepto de indemnización del daño inmaterial no podrá ser afectado, reducido o condicionado por motivos fiscales actuales o futuros. En consecuencia, deberá ser entregado a la víctima en forma íntegra conforme a lo establecido en la Sentencia.

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