40
intrafamiliar o doméstica y común, el 8% tienen un móvil desconocido y el 26%
restante obedece a actos de índole sexual violento114.
132. La Corte toma nota de que a pesar de la negación del Estado en cuanto a la
existencia de algún tipo de patrón en los motivos de los homicidios de mujeres en
Ciudad Juárez, éste señaló ante el CEDAW que “están influenciados por una cultura de
discriminación contra la mujer basada en una concepción errónea de su
inferioridad115”. También cabe destacar lo señalado por México en su Informe de
Respuesta al CEDAW, en relación a las acciones concretas realizadas para mejorar la
situación de subordinación de la mujer en México y en Ciudad Juárez:
debe reconocerse que una cultura fuertemente arraigada en estereotipos, cuya piedra
angular es el supuesto de la inferioridad de las mujeres, no se cambia de la noche a la
mañana. El cambio de patrones culturales es una tarea difícil para cualquier gobierno. Más
aún cuando los problemas emergentes de la sociedad moderna: alcoholismo, drogadicción,
tráfico de drogas, pandillerismo, turismo sexual, etc., contribuyen a agudizar la
discriminación que sufren varios sectores de las sociedades, en particular aquellos que ya se
encontraban en una situación de desventaja, como es el caso de las mujeres, los y las niñas,
los y las indígenas116.
133. Distintos informes coinciden en que aunque los motivos y los perpetradores de
los homicidios en Ciudad Juárez son diversos, muchos casos tratan de violencia de
género que ocurre en un contexto de discriminación sistemática contra la mujer117.
Según Amnistía Internacional, las características compartidas por muchos de los casos
demuestran que el género de la víctima parece haber sido un factor significativo del
crimen, influyendo tanto en el motivo y el contexto del crimen como en la forma de la
violencia a la que fue sometida118. El Informe de la Relatoría de la CIDH señala que la
violencia contra las mujeres en Ciudad Juárez “tiene sus raíces en conceptos referentes
a la inferioridad y subordinación de las mujeres”119. A su vez, el CEDAW resalta que la
violencia de género, incluyendo los asesinatos, secuestros, desapariciones y las
situaciones de violencia doméstica e intrafamiliar “no se trata de casos aislados,
esporádicos o episódicos de violencia, sino de una situación estructural y de un
fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades” y que estas
situaciones de violencia están fundadas “en una cultura de violencia y discriminación
basada en el género”120.
134. Por su parte, la Relatora sobre la Violencia contra la Mujer de la ONU explica
que la violencia contra la mujer en México sólo puede entenderse en el contexto de
“una desigualdad de género arraigada en la sociedad”. La Relatora se refirió a “fuerzas
de cambio que ponen en entredicho las bases mismas del machismo”, entre las que
114
El Estado explicó en su Respuesta al Informe del CEDAW que el contexto de violencia contra la
mujer en el que están inmersos muchos de los homicidios y las concepciones fuertemente arraigadas en la
opinión pública sobre las posibles causas de éstos, “dificulta[n] sobre manera realizar una clasificación en
base a sus móviles”, pero que es posible realizar la clasificación referida “a la luz con que se cuenta sobre
autores del homicidio, qué testigos existen, y bajo qu[é] circunstancias se dio” (Informe de México producido
por el CEDAW, supra nota 64, folio 1957).
115
Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folio 1957.
116
Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folio 1960.
117
Cfr. CIDH, Situación de los Derechos de la Mujer en Ciudad Juárez, supra nota 64, folio 1735;
Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folio 1922; Informe de la Relatora Especial sobre
la violencia contra la mujer, supra nota 64, folios 2001 a 2002, y Amnistía Internacional, Muertes
intolerables, supra nota 64, folios 2259 y 2269.
118
Amnistía Internacional, Muertes intolerables, supra nota 64, folio 2269.
119
CIDH, Situación de los Derechos de la Mujer en Ciudad Juárez, supra nota 64, folio 1766 (citando
carta del Secretario de Gobierno de Chihuahua a la Relatora Especial de 11 de febrero de 2002).
120
Cfr. Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folios 1937 y 1949.
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