40 intrafamiliar o doméstica y común, el 8% tienen un móvil desconocido y el 26% restante obedece a actos de índole sexual violento114. 132. La Corte toma nota de que a pesar de la negación del Estado en cuanto a la existencia de algún tipo de patrón en los motivos de los homicidios de mujeres en Ciudad Juárez, éste señaló ante el CEDAW que “están influenciados por una cultura de discriminación contra la mujer basada en una concepción errónea de su inferioridad115”. También cabe destacar lo señalado por México en su Informe de Respuesta al CEDAW, en relación a las acciones concretas realizadas para mejorar la situación de subordinación de la mujer en México y en Ciudad Juárez: debe reconocerse que una cultura fuertemente arraigada en estereotipos, cuya piedra angular es el supuesto de la inferioridad de las mujeres, no se cambia de la noche a la mañana. El cambio de patrones culturales es una tarea difícil para cualquier gobierno. Más aún cuando los problemas emergentes de la sociedad moderna: alcoholismo, drogadicción, tráfico de drogas, pandillerismo, turismo sexual, etc., contribuyen a agudizar la discriminación que sufren varios sectores de las sociedades, en particular aquellos que ya se encontraban en una situación de desventaja, como es el caso de las mujeres, los y las niñas, los y las indígenas116. 133. Distintos informes coinciden en que aunque los motivos y los perpetradores de los homicidios en Ciudad Juárez son diversos, muchos casos tratan de violencia de género que ocurre en un contexto de discriminación sistemática contra la mujer117. Según Amnistía Internacional, las características compartidas por muchos de los casos demuestran que el género de la víctima parece haber sido un factor significativo del crimen, influyendo tanto en el motivo y el contexto del crimen como en la forma de la violencia a la que fue sometida118. El Informe de la Relatoría de la CIDH señala que la violencia contra las mujeres en Ciudad Juárez “tiene sus raíces en conceptos referentes a la inferioridad y subordinación de las mujeres”119. A su vez, el CEDAW resalta que la violencia de género, incluyendo los asesinatos, secuestros, desapariciones y las situaciones de violencia doméstica e intrafamiliar “no se trata de casos aislados, esporádicos o episódicos de violencia, sino de una situación estructural y de un fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades” y que estas situaciones de violencia están fundadas “en una cultura de violencia y discriminación basada en el género”120. 134. Por su parte, la Relatora sobre la Violencia contra la Mujer de la ONU explica que la violencia contra la mujer en México sólo puede entenderse en el contexto de “una desigualdad de género arraigada en la sociedad”. La Relatora se refirió a “fuerzas de cambio que ponen en entredicho las bases mismas del machismo”, entre las que 114 El Estado explicó en su Respuesta al Informe del CEDAW que el contexto de violencia contra la mujer en el que están inmersos muchos de los homicidios y las concepciones fuertemente arraigadas en la opinión pública sobre las posibles causas de éstos, “dificulta[n] sobre manera realizar una clasificación en base a sus móviles”, pero que es posible realizar la clasificación referida “a la luz con que se cuenta sobre autores del homicidio, qué testigos existen, y bajo qu[é] circunstancias se dio” (Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folio 1957). 115 Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folio 1957. 116 Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folio 1960. 117 Cfr. CIDH, Situación de los Derechos de la Mujer en Ciudad Juárez, supra nota 64, folio 1735; Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folio 1922; Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, supra nota 64, folios 2001 a 2002, y Amnistía Internacional, Muertes intolerables, supra nota 64, folios 2259 y 2269. 118 Amnistía Internacional, Muertes intolerables, supra nota 64, folio 2269. 119 CIDH, Situación de los Derechos de la Mujer en Ciudad Juárez, supra nota 64, folio 1766 (citando carta del Secretario de Gobierno de Chihuahua a la Relatora Especial de 11 de febrero de 2002). 120 Cfr. Informe de México producido por el CEDAW, supra nota 64, folios 1937 y 1949.

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