77. El 2 de diciembre de 2002 el entonces Director de ENAPU solicitó la reincorporación de los 28 ex trabajadores “como manifestación de que haya un cambio de actitud en el actual directorio y porque se va a necesitar personal para el manejo de máquinas y para diversos servicios” 71. El Directorio acordó “encargar a la administración efectuar los trámites necesarios para la contratación de dichas personas (...) en un plazo de 30 días”. 78. El 27 de marzo de 2003 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el segundo listado de ex trabajadores cesados irregularmente, en el cual se encuentran las presuntas víctimas del caso de la ENAPU72. Dicha resolución dispone: Artículo 3. Los ex trabajadores incluidos en la lista referida (...) contarán con cinco días hábiles contados desde el 31 de marzo de 2003, para optar por alguno de los beneficios regulados en el artículo 3 de la Ley No. 27803, opción que debe comunicarse en cualquiera de las dependencias de la Autoridad Administrativa de Trabajo a nivel nacional73. 79. La Comisión cuenta con información que indica que a la fecha i) doce presuntas víctimas74 han sido contratadas por ENAPU a través de un nuevo contrato laboral75; ii) tres presuntas víctimas gozan de jubilación76; iii) una presunta víctima reside en el extranjero77 y recibió una indemnización78; iv) tres presuntas víctimas han fallecido sin recibir ningún beneficio79; y v) seis presuntas víctimas tuvieron un nuevo contrato laboral con Enapu y posteriormente se acogieron al Programa de Retiro Incentivado que la empresa les propuso, razón por la cual cesaron sus actividades80. 2. MEF 80. El 2 de octubre de 2004 fue publicado en el Diario El Peruano la tercera lista de trabajadores cesados irregularmente, en la cual figuran dos presuntas víctimas, Lucio Chávez Quiñónez y Segundo León Barturén81. 71 Anexo 45. Oficio No. 767-2002-MTC/15.02 del Vice Ministro de Transportes y Comunicaciones, de fecha 15 de octubre de 2002. Anexo 5 a la comunicación de los peticionarios de 19 de abril de 2004. 72 Anexo 46. Resolución Ministerial No. 059-2003-TR. Segundo Listado de Ex Trabajadores Cesados Irregularmente de Acuerdo con lo dispuesto en las Leyes No. 27452, 27586 y 27803. Anexo al expediente 1. 73 Anexo 46. Resolución Ministerial No. 059-2003-TR. Segundo Listado de Ex Trabajadores Cesados Irregularmente de Acuerdo con lo dispuesto en las Leyes No. 27452, 27586 y 27803. Anexo al expediente 1. 74 Justo Azcarate, Alberto Antonio Chala, Juan Espinoza, Jorge García, Jose Nolasco y Isi Rosas. Posteriormente, fueron contratadas Marco Castro, Honorato Mayorga y Carlos Lizarbe. Posteriormente fueron contratadas Gladys Delgado, Rufino Ysique y Juan Marraguerra. Véase: Anexo 47. Resolución General No. 005-2009-ENAPUSA/GG, de fecha 7 de enero de 2009. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de noviembre de 2009. 75 Anexo 48. Cartas de ENAPU, de fecha 25 de agosto de 2003. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 22 de febrero de 2005. Cartas de ENAPU, de agosto y octubre de 2004. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 22 de febrero de 2005. 76 Alfredo Vásquez, Eduardo Rivadeneyra y Fermín Urcia. Anexo 49. Resolución de Gerencia General de ENAPU de 7 de septiembre de 2004. Anexo a la comunicación del estado de 13 de junio de 2005. 77 David Desiglioli. Anexo 50. Oficio No. 1920-2005 ENAPU S.A./GCA/GPDH, de fecha 7 de junio de 2005. Anexo a la comunicación del estado de 13 de junio de 2005. Véase: Anexo 51. Informe No, 008-2012-ENAPU S.A./OAJ/SPJ, de fecha 10 de febrero de 2012. Anexo al escrito del Estado de 2 de agosto de 2012. 78 Anexo 52. Comunicación del Estado de 15 de enero de 2015. Abraham Cano, Fernando Padilla y Nancy Macgregor. Anexo 53. Oficio No. 293-2007-FENTENAPU, de fecha 16 de noviembre de 2007. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 17 de diciembre de 2007. 79 80 Cecilio Ríos, Ernesto Meza y Victor Acuña en julio de 2011. Véase: Anexo 54. Liquidación de beneficios sociales – PRI de Cecilio Ríos, Ernesto Meza y Victor Acuña. Anexo al escrito del Estado de 2 de agosto de 2012. Posteriormente se acogieron al programa Antonio Rodriguez, Renzo Torero y Rogelio Delgado. Véase: Anexo 55. Comunicación del Estado de 15 de enero de 2015. 81 Anexo 56. Disponible en: http://www.mintra.gob.pe/mostrarContenido.php?id=196&tip=9 16

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