61 b) Da��os material e inmaterial El Estado reconoció el derecho de los familiares de las víctimas a una justa y pronta reparación, la cual comprende las medidas de retitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. La compensación debe darse en relación con un daño calculable por las violaciones de derechos humanos. c) Otras formas de reparación: El Estado señaló que: i) el Ministerio Público de Honduras continua desarrollando esfuerzos para la persecución y sanción de los autores materiales e intelectuales del caso; que desde el 4 de marzo de 1996 sigue un proceso penal ante el Juzgado de Letras Primero de lo Criminal de Tegucigalpa bajo el registro No.224-96 relativo al caso, y que se expidió una orden de captura contra Víctor Hugo Vivas Lozano por considerarse uno de los autores de los delitos cometidos contra las víctimas. Las acciones penales derivadas de los hechos no han prescrito y que la Comisión, en su Informe No. 74/04, hizo constar que la Inspectora de Derechos Humanos asignada a los casos y la Fiscalía “hicieron un buen trabajo de investigación de los hechos”; ii) acepta hacer un reconocimiento público de su responsabilidad en los términos que se acuerden y se compromete a deducir las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar; iii) se compromete a dar a conocer la ubicación, en el seno de la Administración, de los responsables por los hechos ocurridos, una vez que los tribunales delimiten su participación y establezcan su culpabilidad de manera incontestable y definitiva; iv) elaboró el “Plan Nacional de Atención a la Niñez y la Adolescencia 20022010”, que pretende servir como un documento marco de políticas públicas para Honduras. Creó el IHNFA, cuya ley le confía la atribución de “formular, promover, ejecutar y fiscalizar, en coordinación con el sector público y el sector privado, las políticas de prevención y protección integral a la niñez”. La Comisión Interinstitucional de Protección a la Integridad Física y Moral de la Niñez es “un ente asesor y de consulta para el Poder Ejecutivo, en todo lo relacionado con la protección de la integridad” de los niños. Entre los esfuerzos orientados a la prevención y protección integral a la niñez y de sus derechos ha creado diversos órganos para enfrentar las principales cuestiones relacionadas con la niñez, tales como la Comisión para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil; el Comité de Apoyo a la Comisión de Niñez y la Familia del Congreso Nacional; el Proyecto “Pacto por la Infancia”; la Defensoría Municipal de la Infancia; el Comité Cívico Permanente Interinstitucional; el Comité interinstitucional de apoyo a la Niñez Huérfana y Vulnerable por el SIDA, así como la reforma del IHNFA y la creación del programa Municipios Amigos de la Niñez; v) creó un órgano de control interno en la Secretaría de Seguridad denominado “Unidad de Asuntos Internos”, que tiene por función investigar preventivamente los delitos o faltas cometidos por cualquier miembro de la Policía. Como resultado, se ha remitido al Ministerio Público la documentación de estas investigaciones y se han presentado acusaciones criminales de distinto orden. Se creó el Consejo Nacional de Seguridad Interior (CONASIN), con funciones de supervisión, control, seguimiento y evaluación del sistema de seguridad pública de las actividades policiales y de las

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