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detuvo en el pasaje La Esperanza para que bajara un pasajero . En el momento en que este vehículo
retomó la marcha, de manera intempestiva salieron a la carretera dos efectivos del Ejército con el rostro
cubierto con pasamontañas, los cuales fueron posteriormente identificados como el Sgto. 2° Evangelista
Pinedo y el Cabo Arica López, con la intención de interceptar el vehículo sin que al parecer el conductor
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se percatara, por lo que continuó su marcha . Como el vehículo no paró, el Sgto. 2° Evangelista
Pinedo, al manipular el fusil FAL con dirección al vehículo de transporte público, efectuó un disparó,
ocasionando la muerte de las señoras Zulema Tarazona Arrieta y Norma Teresa Pérez Chávez y
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lesiones personales al señor Luis Alberto Bejarano Laura .
60.
Cuando el Jefe de la patrulla militar escuchó un disparo lejano, contó al personal de
tropa y se dio cuenta que faltaban dos efectivos: el Sgto. 2do. EP Antonio Evangelista Pinedo y el Cabo
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EP. José Carlos Arica López . Momentos después, una persona civil se le acercó para comunicarle que
uno de sus soldados había disparado contra un vehículo de transporte público y que como resultado
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había dos personas heridas . Tras esto, el Jefe de la patrulla se subió al vehículo militar a fin de dirigirse
al lugar de los hechos, viendo en esos momentos a los dos soldados que faltaban en la patrulla a
quienes les pidió que subieran al vehículo, y les preguntó si ellos habían efectuado el disparo, a lo que
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respondieron que no.
61.
Sobre las 21:15 horas del día 9 de agosto de 1994, la patrulla militar a cargo del SO1 EP
Antonio Vivas Chapillequen se presentó en la Sub-Unidad de la PNP de Ate Vitarte y, con la anuencia
del jefe de la patrulla, el Especialista 2da. de la PNP procedió a efectuar el desmontaje parcial del
armamento de los 15 soldados, observando que el fusil FAL de uno de los soldados presentaba signos
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de haber sido disparado recientemente . Posteriormente, sobre las 23:00 horas del mismo día, el Jefe
del Destacamento Militar de donde salió la patrulla militar se presentó en la Sub-Unidad de la PNP de
Ate Vitarte e indicó que el fusil que habría sido disparado se encontraba separado en su base militar y
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que el soldado que habría disparado se encontraba arrestado .
62.
La señora Zulema Tarazona Arrieta tenía 22 años de edad, trabajaba como secretaria en
la Agencia de Funerales Oscar Benavides M. SR. Ltda., estudiaba computación, estaba soltera y vivía
con sus padres, Maria Lucila Arrieta Villenas y Víctor Tarazona Hinostrosa, y 5 hermanos mayores (Nelly,
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Moisés, Jorge, Nora y Luzmila Tarazona Arrieta) . Murió como consecuencia de “Traumatismo
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Anexo 3. Dictamen Nº12-2006-4ºFSPN-MP/FN de la Cuarta Fiscalía Superior Penal Nacional del Ministerio Público,
Expediente Nº 13-06, de 14 de julio de 2006. Anexo a la comunicación del Estado de 12 de octubre de 2006.
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Anexo 3. Dictamen Nº12-2006-4ºFSPN-MP/FN de la Cuarta Fiscalía Superior Penal Nacional del Ministerio Público,
Expediente Nº 13-06, de 14 de julio de 2006. Anexo a la comunicación del Estado de 12 de octubre de 2006; y Anexo 1. Sentencia
de 23 de julio de 2008, Sala Penal Nacional, Expe. Nº 13-06, Caso: Antonio Evangelista Pinedo. Anexo al escrito de los
peticionarios de 27 de julio de 2011.
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Anexo 1. Sentencia de 23 de julio de 2008, Sala Penal Nacional, Expe. Nº 13-06, Caso: Antonio Evangelista Pinedo.
Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011.
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Anexo 11. Manifestación del Soldado Ep. Antonio Vivas Chapillequen ante el Representante del Ministerio Público el
17 de agosto de 1994. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 22 de enero de 1996.
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Anexo 11. Manifestación del Soldado Ep. Antonio Vivas Chapillequen ante el Representante del Ministerio Público el
17 de agosto de 1994. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 22 de enero de 1996.
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Anexo 11. Manifestación del Soldado Ep. Antonio Vivas Chapillequen ante el Representante del Ministerio Público el
17 de agosto de 1994. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 22 de enero de 1996.
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Anexo 5. Atestado No. 450-IC-H-DDCV de la Policía Nacional del Per��, Dirección Nacional de Investigación Criminal
de 7 de octubre de 1994. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 22 de enero de 1996.
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Anexo 5. Atestado No. 450-IC-H-DDCV de la Policía Nacional del Perú, Dirección Nacional de Investigación Criminal
de 7 de octubre de 1994. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 22 de enero de 1996.
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Anexo 4. Declaración de la señora Lucila Arrieta Bellena, madre de Zulema Tarazona, de 11 de enero de 1995 ante el
27 Juzgado Penal de Lima. Anexo a la comunicación del Estado de 1 de julio de 1996; Anexo 2. Fundamentos del recurso de
nulidad presentado por la parte civil presentado el 6 de agosto de 2008, en contra de la sentencia de 23 de julio de 2008 en el
extremo de lo establecido por concepto de reparación. Anexo al escrito de los peticionarios de 27 de julio de 2011; Anexo 9. Acta
de Defunción de Zulema Tarazona Arrieta, firmado por el Registrados de la Municipalidad de Ate-Vitarte. Anexo a la comunicación
del Estado de 14 de diciembre de 2004; Anexo 10. Certificado de Necropsia de Zulema Tarazona, Instituto de Medicina Legal del