2
b) la decisión del Juzgado Cuadragésimo Segundo no correspondía a lo
ordenado por la Corte Interamericana y las notificaciones entregadas a las
beneficiarias no tienen relación con la protección ordenada en las resoluciones
de ésta;
c) la periodista Liliana Velásquez no ha recibido protección policial en
ninguna forma. La señora Colomina sigue recibiendo protección por parte del
Municipio de Chacao, protección que está sujeta limitaciones, debido a la falta
de recursos humanos y económicos de la referida Alcaldía, y
d) “el Estado no ha cumplido con la obligación de implementar efectivamente
las medidas para proteger la libertad de expresión de [las beneficiarias]”. Por
ejemplo, “el Ministro de la Defensa la calificó de ‘extranjera’, la Asamblea
Nacional se dirigió al Ministerio Público para que iniciara el procedimiento para
privarla de la nacionalidad venezolana, el Ministro de Información la llamó por
teléfono a su programa radial, cuando estaba en el aire, exigiéndole que
pusiera en audio directo lo que tenía para decirle [y] la prensa [ha dado]
cuenta de que su pro[grama] en [televisión] será suprimido por presiones del
gobierno”.
6.
Las observaciones de 28 de febrero de 2005 de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”),
en las cuales señaló, inter alia, que las medidas de protección e investigación no
cumplen con el estándar establecido por la Corte, son las mismas que fueron
señaladas en informes anteriores y que han sido consideradas por el Tribunal como
no efectivas para proteger la vida, integridad personal y libertad de expresión de las
beneficiarias.
7.
La comunicación de los representantes de 11 de marzo de 2005 y sus anexos,
mediante los cuales señalaron, inter alia, que el más alto ejecutivo del canal de
televisión “Televen” informó a la señora Colomina “la decisión de la Junta Directiva
del canal de prescindir de sus servicios y poner fin a su programa”, debido a que “las
presiones ejercidas por varios ministros del Gobierno durante más de un año se
hacían insoportables para la marcha del canal, por lo que era imposible mantener al
aire ‘La Entrevista’, programa conducido por Marta Colomina, con la asistencia de su
productora Liliana Velásquez, por más de nueve años”.
8.
El escrito del Estado de 2 de mayo de 2005, mediante el cual informó sobre la
propuesta de creación de la “Brigada Especial” para coordinar y supervisar el
cumplimiento de las medidas provisionales y cautelares dictadas por la Corte y la
Comisión Interamericana.
9.
El informe del Estado de 25 de mayo de 2005 en el que, luego de dos
prórrogas concedidas, expresó, inter alia, que:
a) la señora Colomina recibe todo el día la protección de dos funcionarios de
la Policía Municipal del Chacao, dada la negativa de la señora Colomina de
recibir protección de funcionarios de la Dirección de Servicio de Inteligencia y
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