14
56.
Señalaron que el señor Quispealaya, al enterarse que los Sub oficiales le estaban
preparando un expediente para darle de baja, se dirigió a la enfermería al terminar su guardia el 29 de
junio de 2001, y se entrevistó con la doctora Chang, a quien contó que había sido el Sub oficial Juan
Hilaquita Quispe quien le había agredido el 23 de enero de 2001 y le había producido la lesión en la
cabeza y en el ojo derecho, y le había amenazado si lo denunciaba, motivo por el que no le había dicho
la verdad la primera vez que fue a la enfermería.27 Indicaron que como la doctora Chang informó lo
anterior al Comandante Torres, éste llamó al señor Quispealaya y posteriormente al Sub oficial
Hilaquita, quien negó todos los hechos. Señalaron que el Comandante Torres solicitó a los oficiales de
Inspectoría que iniciaran las investigaciones administrativas pertinentes.28 No obstante, la CIDH no ha
sido informada sobre el resultado de las anteriores investigaciones.
57.
El 6 de julio de 2001, la doctora Chang envió al Gral de Bigr. de Huancayo un informe
médico del soldado Quispealaya Vilcapoma en el que se indica que se le atendió el 27 de junio de 2001
por consultorio externo “al presentar dolor en la región fronto ocular izquierdo producido por el golpe
de un FAL efectuado por el soldado Hilaquita Quispe en febrero de 2001”, y que el dolor se viene
acentuado hasta hacerse insoportable con disminución de agudeza visual.29 Igualmente, el Informe
médico señala que el señor Quispealaya acudió nuevamente el 3 de julio de 2001 al Hospital Daniel A.
Carrión donde el Especialista Diagnosticó: “Ptisis Bulbi en ojo derecho, ametropia en ojo derecho”, por
lo que el paciente fue hospitalizado mientras se realizaban las gestiones para ser evacuado al Hospital
Militar Central en Lima.30
58.
Los peticionarios denunciaron ante la Fiscalía que ante la gravedad del estado de salud
del señor Quispealaya, éste fue trasladado al Hospital Central Militar en ciudad de Lima, donde a pesar
de que fue intervenido quirúrgicamente en el ojo derecho perdió la capacidad visual en este ojo.
Señalaron que después de la operación, el señor Quispealaya fue asignado al piquete de recuperación
del citado Hospital Militar.31 El señor Quispealaya ingresó en el Hospital Militar Central de Lima el 14 de
julio de 2001 y fue dado de alta el 5 de septiembre de 2002.32 En cuanto al tratamiento que recibió se
indica: “extracción de catarata, implante de lente intraocular y trabeculectomia en el ojo derecho”.33
Informes médicos
27
Anexo 2. Denuncia presentada por la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) por el delito contra la
humanidad-tortura física y psicológica ante el Ministerio Público, recepcionada por la Mesa de Partes de la Fiscalía de la Nación
el 28 de febrero de 2002. Anexo 15 del escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006.
28
Anexo 2. Denuncia presentada por la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) por el delito contra la
humanidad-tortura física y psicológica ante el Ministerio Público, recepcionada por la Mesa de Partes de la Fiscalía de la Nación
el 28 de febrero de 2002. Anexo 15 del escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006.
29
Anexo 7. Informe firmado por Patricia R. Chanjan Pino, Médico-Cirujano, Huancayo, 6 de julio de 2001. Anexo 6 al
escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006.
30
Anexo 7. Informe firmado por Patricia R. Chanjan Pino, Médico-Cirujano, Huancayo, 6 de julio de 2001. Anexo 6 al
escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006.
31
Anexo 2. Denuncia presentada por la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) por el delito contra la
humanidad-tortura física y psicológica ante el Ministerio Público, recepcionada por la Mesa de Partes de la Fiscalía de la Nación
el 28 de febrero de 2002. Anexo 15 del escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006.
32
Anexo 11. Informe Médico firmado por Felix Zapana el 28 de setiembre de 2002. Anexo 9 al escrito de los
peticionarios de 5 de febrero de 2006.
33
Anexo 11. Informe Médico firmado por Felix Zapana el 28 de setiembre de 2002. Anexo 9 al escrito de los
peticionarios de 5 de febrero de 2006.