16 situaciones estresantes reacciona con ansiedad. Socialmente denota poco espontaneidad para el manejo de sus contactos interpersonales”.41 62. El 28 de septiembre de 2002 se emitió un informe médico por parte del Jefe del Departamento de Oftalmología del Hospital Militar Central en el que se concluye: “paciente con secuela de lesión traumática severa y muy avanzada por lo que no pudo recuperar la visión a pesar del tratamiento. Tiene ojo izquierdo sano que tiene una buena visión corregida por ametropía (corto de vista) que es de carácter congénito”.42 Proceso penal 63. Mediante escrito de 20 de septiembre de 2002, el Ministerio Público de Huancayo formuló denuncia penal en contra de Juan Hilaquita Quispe por la comisión de delito contra el cuerpo, la vida y la salud en la modalidad de lesiones graves en agravio de Valdemir Quispealaya Vilcapoma.43 64. El 21 de octubre de 2002, el 5º Juzgado Penal de Huancayo dictó auto de apertura de instrucción en contra de Juan Hilaquita Quispe por lesiones graves en agravio de Valdemir Quispealaya Vilcapoma, y dictó mandato de detención en contra del procesado, entre otros, porque existían “suficientes elementos probatorios que el imputado intente eludir la acción de la justicia o perturbar la actividad probatoria”.44 Adicionalmente, el 5º Juzgado Penal de Huancayo ordenó, entre otras diligencias: 1) que se reciba la declaración instructiva del procesado; 2) que se reciba la declaración preventiva del agraviado; 3) que se notifique a los peritos médicos Carlos Paz Cabrera, Walter Maíca Jaureguía y Norka Yupanqui Bonilla a fin de que se ratifiquen en su dictamen de autos en audiencia inmediata; 4) que se nombre como perito médico a Luis Ordaya Meléndez a fin que realice un nuevo reconocimiento médico; 5) que se señale el 13 de noviembre de 2002 para hacer la diligencia de inspección judicial y reconstrucción de los hechos; 6) que se reciban las declaraciones de los médicos doctora Chang y el doctor Granados; 7) que se reciba la declaración testimonial del Técnico Calderón el 13 de noviembre de 2002; y 8) que se cursen oficios al departamento médico del Cuartel 9 de Diciembre a fin de que remitan los exámenes médicos practicados al agraviado al momento de ingresar al servicio militar.45 Proceso ante la jurisdicción militar 65. Mediante oficio de 4 de noviembre de 2002, el Comandante General de la 31ª DI Huancayo comunicó al Consejo de Guerra Permanente de Segunda Zona Judicial “sobre las circunstancias del presunto golpe que el Sol OC Hilaquita Quispe, Juan, le haya propinado al Sldo. SM 41 Anexo 10. Examen Psicológico Forense N 006503-02-MP-FN-IML de 11 de junio de 2002. Anexo 11 al escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006. 42 Anexo 11. Informe Médico firmado por Felix Zapana el 28 de setiembre de 2002. Anexo 9 al escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006. 43 Anexo 12. Denuncia penal presentada por el Ministerio Público Provincial de Huancayo de 20 de septiembre de 2002. Anexo 17 al escrito de los peticionarios de 5 de febrero de 2006. 44 Anexo 5. Auto apertorio de instrucción de 21 de octubre de 2002. Instrucción 2002-0783-150101JP05. 5º Juzgado Penal de Huancayo. Anexo al escrito del Estado de 8 de julio de 2009. 45 Anexo 5. Auto apertorio de instrucción de 21 de octubre de 2002. Instrucción 2002-0783-150101JP05. 5º Juzgado Penal de Huancayo. Anexo al escrito del Estado de 8 de julio de 2009.

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