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asambleas comunitarias. En la actualidad, para la elección de las autoridades
comunales se debe consultar al Consejo Supremo Electoral, lo cual no ocurría
antes. El Estado debería permitir a los pueblos indígenas seleccionar sus
candidatos y elegir a sus representantes ante el Congreso.
Para participar en la RAAS en las elecciones municipales de noviembre de
2000, YATAMA decidió conformar la alianza con el Partido Indígena
Multiétnico y con el Partido de los Pueblos Costeños, porque son partidos
creados para la defensa de los pueblos multiétnicos, y al tener ese propósito
común podría lograr mejores resultados en la Costa Atlántica. No obstante, el
Partido Indígena Multiétnico decidió separarse, tal vez como producto de la
presión del Partido Liberal Constitucionalista. Cuando se publicó la lista
preliminar de candidatos aparecían los candidatos de YATAMA para las
elecciones de la RAAN, pero no para las de la RAAS. Se reclamó ante el
Consejo Supremo Electoral, donde les indicaron que se trataba de una
equivocación. Sin embargo, en la lista definitiva de candidatos no se incluyó a
los candidatos de YATAMA de la RAAN ni de la RAAS, lo cual no tiene
justificación alguna porque YATAMA cumplió todos los requisitos previstos en
la Ley Electoral. En el 2000 había siete municipios en la RAAS y se requería
que el partido presentara candidatos en el 80% de los municipios. YATAMA
propuso candidatos en los siete municipios, es decir, superó el 80% exigido.
A raíz de la exclusión de YATAMA de las elecciones de 2000 muchos
candidatos no han podido regresar a sus comunidades por las deudas que
tienen, contraídas con motivo del proceso electoral. Hubo que informar a las
comunidades la razón por la que YATAMA no participaría en las elecciones de
2000 y explicarles cómo se iban a pagar los gastos generados.
4.
Anicia Matamoros de Marly, propuesta como candidata a
vicealcaldesa por YATAMA en el Municipio Puerto Cabezas de la RAAN
para las elecciones municipales de 2000
La testigo pertenece al pueblo indígena miskito.
Los candidatos son
escogidos por las comunidades y se someten a una asamblea. Estas
comunidades ven a YATAMA como una organización que encierra los
sentimientos de los indígenas, a través de la cual pueden incidir en diferentes
espacios. Sin YATAMA el pueblo no tiene voz. Las comunidades no aceptan
que YATAMA sea un partido político. Esta caracterización deriva de una
imposición del Estado.
Al ser elegida como candidata tuvo que buscar un sustituto en el trabajo.
Cuando se supo que YATAMA había sido excluida de las elecciones, la
comunidad responsabilizó a sus líderes, pero luego se aclaró que no habían
tenido nada que ver en esta situación. Muchos candidatos renunciaron a sus
trabajos para dedicar su tiempo a visitar las comunidades, y después de la
exclusión de YATAMA no pudieron reintegrarse a esos empleos. Al saber que
su organización no participaría en las elecciones, la testigo se desmoralizó y
pensó que a la exclusión social que ha sufrido su pueblo se sumaba una
nueva discriminación. Además, llegó a imaginar que el motivo de la exclusión
era su nombre o su falta de capacidad. Hubo que explicar a las comunidades
los alcances de la situación y evitar que se acudiera a la violencia. Debido a
que YATAMA no participó en las elecciones el pueblo se “sintió sin
representatividad”, y esta circunstancia se reflejó en la abstención electoral: