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Al conocerse la exclusión de los candidatos de YATAMA de las elecciones de
2000, las comunidades empezaron a cuestionar a dichos candidatos,
preguntando qué habían hecho mal, cuáles habían sido sus problemas. La
reacción de muchos candidatos fue considerar que no habían tenido la
capacidad suficiente para participar. Algunos candidatos tardaron dos años en
regresar a sus comunidades, pues “no sentían valor moral” por las deudas
que habían asumido.
b)
Peritos propuestos por el Estado
2.
Carlos Antonio Hurtado Cabrera, a cargo de la Secretaría de la
Presidencia de la República para los Asuntos de la Costa Atlántica
La Secretaría de la Presidencia de la República para los Asuntos de la Costa
Atlántica fue creada a finales de julio de 2004, considerando la importancia
estratégica que tiene la Costa Atlántica para todo el país, así como su
biodiversidad y multietnicidad. Esta Costa representa el 50% del territorio
nacional. Asimismo, se tuvo en cuenta la necesidad de dar coherencia y hacer
efectiva la gestión de las instituciones que intervienen en la Costa Atlántica.
El presupuesto de esta región asciende a cincuenta millones de dólares. El
Presidente de la República ha cambiado el modelo tradicional de relaciones
con la Costa Atlántica, tanto en el marco de la autonomía política de la que
gozan las regiones de la Costa Atlántica como con las comunidades indígenas.
Este nuevo modelo se basa en la necesidad de una comunicación permanente
de dos vías: del Gobierno central hacia las regiones y de éstas hacia aquél,
mediante una comunicación respetuosa de las instituciones y de las
características particulares de estas regiones autónomas.
Una de las atribuciones de la Secretaría para los Asuntos de la Costa Atlántica
es relacionarse con las comunidades indígenas. Al respecto, el Presidente de
Nicaragua firmó, en tiempos de su campaña electoral, un acuerdo con la
organización política YATAMA, en el cual se establecían varios compromisos.
YATAMA “es la principal organización política indígena que existe en el país” y
el principal interlocutor de las comunidades indígenas con el Gobierno. El
triunfo electoral de YATAMA en las elecciones municipales de noviembre de
2004 ha sido valorado por el Gobierno central.
La Ley Electoral anterior respondía más a las “aspiraciones de democracia del
pueblo de Nicaragua”, pues contemplaba la figura de la asociación de
suscripción popular y consagraba menos requisitos para la conformación de
partidos políticos que la actual Ley Electoral. Esto hace que sea una
“necesidad imperiosa” que la Ley Electoral sea reformada. Sin embargo, los
partidos políticos mayoritarios, con asiento en la Asamblea Nacional, “ni
siquiera la tienen en la agenda y parecen estar muy cómod[o]s con esta ley
actual”.
3.
Marvin
Propiedad
Saúl
Castellón
Torres,
Procurador
Auxiliar
de
la
Se refirió a la supremacía de la Constitución Política de Nicaragua, consagrada
en el artículo 182 de la Constitución de Nicaragua. En la jurisprudencia