40 Sentencia de 31 de agosto de 2001. Serie C N° 79, ordenando se tengan por reproducidas las referencias a la historia, situación y organización de los pueblos indígenas de la Costa Atlántica de Nicaragua” (supra párrs. 25 y 26). El Estado manifestó, inter alia, que “no corresponde y es improcedente esa supuesta prueba por cuanto se refiere a materia distinta (electoral y demarcación territorial) sin coincidencias alguna de personas aparentemente perjudicadas”. La Corte considera pertinente y útil incorporar el dictamen pericial rendido ante el Tribunal por el señor Rodolfo Stavenhagen Gruenbaum en cuanto haga referencia a la historia, situación y organización de los pueblos indígenas de la Costa Atlántica de Nicaragua, y valora dicho peritaje en el conjunto del acervo probatorio, aplicando las reglas de la sana crítica y tomando en cuenta las observaciones presentadas por el Estado (supra párr. 25). VII HECHOS PROBADOS 124. Con fundamento en las pruebas aportadas y considerando las manifestaciones formuladas por las partes, la Corte considera probados los siguientes hechos: RESPECTO DE LA COSTA ATLÁNTICA O CARIBE DE NICARAGUA 124.1) La población de Nicaragua es multiétnica, multicultural y multilingüe. En ella se encuentran diferentes comunidades indígenas y étnicas, que habitan en la Región del Pacífico y Centro Norte, así como en la Costa Atlántica o Caribe21. 124.2) La Constitución Política de Nicaragua establece en su Capítulo VI, titulado “Derechos de las comunidades de la Costa Atlántica”, que éstas comunidades “son parte indisoluble del pueblo nicaragüense” y tienen derecho a “preservar y desarrollar su identidad cultural en la unidad nacional; dotarse de sus propias formas de organización social y administrar sus asuntos locales conforme a sus tradiciones”22. 124.3) La Ley No. 28 de 2 de septiembre de 1987, publicada en “La Gaceta” No. 238 de 30 de octubre de 1987, denominada “Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua”, dividió la Costa Atlántica o del Caribe en la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN) y la Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS), debido a que “la autonomía hace posible el ejercicio efectivo del derecho de las comunidades de la Costa Atlántica a participar en el diseño de las 21 Cfr. Desarrollo humano en la Costa Caribe de Nicaragua. Informe elaborado por el Programa Nacional de Asesoría para la Formulación de Políticas con apoyo del Consejo Nacional de Planificación Económica Social (CONPES) (expediente de anexos a la demanda, tomo II, anexo 7, folio 470); artículo 5 de la Constitución Política de la República de Nicaragua de 1987 con las reformas constitucionales. Publicación oficial de la Presidencia (anexos al escrito de excepciones preliminares, contestación a la demanda y observaciones al escrito de solicitudes y argumentos, anexo C); Ley No. 28 de 30 de octubre de 1987 denominada “Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua”; y mapa titulado “Nicaragua, un país multilingüe, multiétnico y multicultural” (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 4, folio 913). Cfr. Constitución Política de la República de Nicaragua de 1987 con las reformas constitucionales. Publicación oficial de la Presidencia (anexos al escrito de excepciones preliminares, contestación a la demanda y observaciones al escrito de solicitudes y argumentos, anexo C). 22

Seleccionar párrafo de destino3