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modalidades de aprovechamiento de los recursos naturales de la región y de la
forma en que los beneficios de la misma serán reinvertidos en la Costa Atlántica”.
Dicha ley reconoce que “las poblaciones indígenas [se encuentran] sometidas a un
proceso de empobrecimiento, segregación, marginalidad, asimilación, opresión,
explotación y exterminio[, que] exigen una transformación profunda del orden
político, económico y cultural, para el logro efectivo de sus demandas y
aspiraciones”23. El régimen de autonomía de dichas regiones se encuentra regulado
por las disposiciones del Reglamento de 2 de octubre de 2003 a la Ley No. 2824.
124.4)
La Costa Atlántica representa aproximadamente un 45,8% de la
superficie territorial del Estado y constituye la segunda área más poblada de
Nicaragua, pues en ella habitan alrededor de 626.619 personas, es decir, el 11,4%
de la población total del país25. Aproximadamente el 72,54% de la población es
mestiza. El 28% de la población de la Costa Atlántica o del Caribe se identifica con
alguna comunidad indígena26. Aproximadamente 172.069 habitantes de la Costa
Atlántica pertenecen a comunidades indígenas y étnicas, es decir, el 3,13% de la
población nacional. En la RAAN se concentra el mayor número de población indígena
de Nicaragua27.
124.5)
En la Costa Atlántica o del Caribe habitan diferentes comunidades
étnicas e indígenas multilingües, como los mestizos, miskitos, sumos, ramas, creoles
y garífunas. Poseen identidad cultural, mantienen rasgos y valores de su cultura
tradicional, así como formas de tenencia y uso comunal y de organización social
propias28.
Cfr. Ley No. 28 de 30 de octubre de 1987 denominada “Estatuto de Autonomía de las Regiones
de la Costa Atlántica de Nicaragua” (prueba incorporada de oficio por la Corte de conformidad con el
artículo 45.1 de su Reglamento).
23
Cfr. Ley No. 28 de 30 de octubre de 1987 denominada “Estatuto de Autonomía de las Regiones
de la Costa Atlántica de Nicaragua” (prueba incorporada de oficio por la Corte de conformidad con el
artículo 45.1 de su Reglamento); y Decreto No. 3584 de 2 de octubre de 2003 denominado Reglamento a
la Ley No. 28 “Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua” (anexos al
escrito de excepciones preliminares, contestación a la demanda y observaciones al escrito de solicitudes y
argumentos, anexo F, expediente sobre excepciones preliminares, fondo y reparaciones, tomo II, folios
404-410).
24
25
Cfr. Desarrollo humano en la Costa Caribe de Nicaragua. Informe elaborado por el Programa
Nacional de Asesoría para la Formulación de Políticas con apoyo del Consejo Nacional de Planificación
Económica Social (CONPES) (expediente de anexos a la demanda, tomo II, anexo 7, folio 502); e informe
denominado “Población total por área de residencia y sexo, según departamento y grupos de edades, años
2002 y 2003”. Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de Nicaragua (INEC), en www.inec.gob.ni
(prueba incorporada de oficio por la Corte de conformidad con el artículo 45.1 de su Reglamento).
26
Cfr. Desarrollo humano en la Costa Caribe de Nicaragua. Informe elaborado por el Programa
Nacional de Asesoría para la Formulación de Políticas con apoyo del Consejo Nacional de Planificación
Económica Social (CONPES) (expediente de anexos a la demanda, tomo II, anexo 7, folio 470); y Ley No.
28 de 30 de octubre de 1987 denominada “Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de
Nicaragua” (prueba incorporada de oficio por la Corte de conformidad con el artículo 45.1 de su
Reglamento).
27
Cfr. Desarrollo humano en la Costa Caribe de Nicaragua. Informe elaborado por el Programa
Nacional de Asesoría para la Formulación de Políticas con apoyo del Consejo Nacional de Planificación
Económica Social (CONPES) (expediente de anexos a la demanda, tomo II, anexo 7, folio 470); e informe
denominado Población total por área de residencia y sexo, según departamento y grupos de edades, años
2002 y 2003. Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de Nicaragua (INEC), en www.inec.gob.ni
(prueba incorporada de oficio por la Corte de conformidad con el artículo 45.1 de su Reglamento).
28
Cfr. artículo 3 del Decreto 3584 de 2 de octubre de 2003 denominado Reglamento a la Ley No. 28
“Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua” (anexos al escrito de