82.
Existen varias declaraciones, no controvertidas por el Estado, que indican que en distintas
oportunidades agentes estatales les indicaron a los familiares de las presuntas víctimas que éstos se
encontraban detenidos en el 35 Batallón de Infantería en Nuevo Casas Grandes, Estado de Chihuahua (en
adelante el “35 Batallón”).
83.
Al respecto, María de Jesús Alvarado, madre de Nitza Paola Alvarado Espinoza, declaró que al
acudir al Ministerio Público de San Buenaventura, el Licenciado Aarón Duarte recibió su denuncia y le indicó
que él tenía conocimiento de que sus familiares se encontraban en el 35 Batallón, pero que todo esto se
guardara con discreción72. Cabe mencionar que el señor Aarón Duarte, al ser interrogado por las autoridades
de la justicia militar, indicó que lo que afirmó fue que si los militares los habían detenido lo más conveniente
era que solicitaran información al 35 Batallón, pero negó haberles señalado que tenía conocimiento de que se
encontraran en dicho batallón73.
84.
María de Jesús Alvarado también indicó que el 6 de enero de 2010 siendo la 1:00 p.m acudió
a la Procuraduría General de la República para presentar la denuncia, siendo atendida por el Licenciado
Durazo de la Séptima Agencia en Ciudad Juárez. Agregó que estando en dicha oficina escuchó a una persona
que le indicó al Licenciado Durazo que efectivamente sus familiares se encontraban en la “guarnición militar”
pero otra persona le indicó con señales que se callara74.
85.
Jaime Alvarado Reyes indicó que el 30 de diciembre de 2009 acudió a las oficinas de la
Policía Ministerial de Nuevo Casas Grandes, donde se entrevistó con un funcionario de apellido Leyva, quien
le indicó que tenía conocimiento que sus familiares se encontraban detenidos en el 35 Batallón75.
86.
Dentro del expediente judicial también consta la declaración de Alberto Hernández de la
Cruz, Sargento Primero Conductor, rendida el 5 de febrero de 2010 ante el Agente del Ministerio Público
Militar quien indicó que el Coronel Elfego Luján Ruiz, quien ejercía el mando superior del 35 Batallón, realizó
actividades ilegales y que tuvo conocimiento que “en el poblado de Benito Juárez levantaron a una mujer
inválida y a un hombre, los cuales fueron sacados de su domicilio por personal que portaba uniforme con
camuflaje de desierto y de selva, lo que provocó que el 35 Batallón de Infantería y el 20 regimiento de
caballería motorizada de Ciudad Juárez fueran intervenidos por el Comandante de la guarnición militar de
Palomas Chihuahua, para indagar el paradero de los citados civiles”76.
72 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XII. Declaración de María de Jesús Alvarado rendida el 14 de enero de 2010 ante la
Comisión Nacional de Derechos Humanos, folio 106. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3
de noviembre de 2014); Anexo II. Expediente judicial. Tomo XVII. Relación de hechos preparados por María de Jesús Alvarado Reyes al
titular de la Unidad para la promoción y defensa de los derechos humanos de la Secretaría de Gobernación. Página 126 del pdf. (Anexo al
escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014). En dicho escrito María de Jesús
Alvarado expresó que: “cuando nos tomaron la denuncia el Ministerio Público nos dijo: “tengan paciencia sabemos que el ejército los
detuvo y por medio de un oficio le voy a pedir al 35 Batallón de Infantería, información sobre los detenidos”.
73 Anexo II. Expediente judicial. Tomo VII. Declaración de Aarón Enrique Duarte rendida ante el Mayor de Justicia Militar de la
Quinta Zona Militar el 24 de mayo de 2010, página 203 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios
recibido el 3 de noviembre de 2014).
74 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XII. Declaración de María de Jesús Alvarado rendida el 14 de enero de 2010 ante la
Comisión Nacional de Derechos Humanos, folio 106. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3
de noviembre de 2014); Anexo II. Expediente judicial. Tomo XVII. Relación de hechos preparados por María de Jesús Alvarado Reyes al
titular de la Unidad para la promoción y defensa de los derechos humanos de la Secretaría de Gobernación. Página 126 del pdf. (Anexo al
escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014). En dicho escrito María de Jesús
Alvarado expresó que: “cuando nos tomaron la denuncia el Ministerio Público nos dijo: “tengan paciencia sabemos que el ejército los
detuvo y por medio de un oficio le voy a pedir al 35 Batallón de Infantería, información sobre los detenidos”.
75 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XII. Denuncia de hechos presentada por CNDH ante el Procurador de Justicia Militar el 9
de septiembre de 2011, página 37 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de
noviembre de 2014).
76 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XXII. Pliego de consignación sin detenido de 31 de marzo de 2014, en el que se hace
referencia a declaración testimonial de Alberto Hernández de la Cruz, Sargento Primero Conductor (chofer del Coronel Elfego José Luján
Ruiz) de 5 de febrero de 2010, página 381 del pdf (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de
noviembre de 2014).
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