por XXII tomos y X anexos en menos de 24 horas192. El 24 de abril de 2014 la PGR presentó los agravios correspondientes en contra de la resolución que negó la orden de aprensión argumentando que el juzgador omitió valorar un cúmulo de pruebas que generan la convicción de que militares efectuaron la detención de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes193. En dicha impugnación se afirmó que, Así las cosas, es indubitable que el material desatimado (sic) por el A quo acredita la probable responsabilidad del Coronel Elfego José Lujan Ruiz en la comisión del delito de desaparición forzada de las víctimas, ya que el indiciado, bajo la autoría mediata, utilizó el 35 Batallón para la comisión de crímenes, es decir, ejerciendo dominio sobre la organización de poder (batallón), y nos referimos a una organización que venía actuando de manera desvinculada, contraria o apartada a derecho, que provocó que los elementos de su adscripción cometieron (sic) el delito de desaparición forzada en perjuicio de las víctimas Nitza Paola Alvarado Espinosa (sic), Rocío Irene Alvarado Reyes y José Ángel Alvarado Herrera coincidentemente con la forma en que fueron denunciados por los testigos de los hechos y los familiares de las víctimas que presenciaron los hechos denunciados194. 157. El 27 de junio de 2014 la autoridad responsable confirmó la negativa de la orden de aprehensión en contra de Elfego José Luján Ruiz195. En virtud de ello, el 11 de septiembre de 2014 la representante de las víctimas Luz Estela Castro Rodríguez presentó un amparo ante la justicia federal en contra de la Magistrada del Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito por la confirmación de la negativa de la orden de aprehensión en contra de Elfego José Luján Ruiz por el delito de desaparición forzada196. 158. El 31 de diciembre de 2014 dicho amparo fue denegado por el Tercer Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, al considerar entre otras cuestiones, que resultan infundados los argumentos de la recurrente respecto a que la autoridad recurrida incumplió los parámetros internacionales que existen sobre desaparición forzada o incurrió en indebida valoración de la prueba197. 159. Paralelo a lo anterior se venía tramitando la averiguación previa AP/PGR/SDHPDSC/UEBPD/M5/50/2014 como consecuencia del desglose que tuvo lugar el 8 de abril de 2014198 con el objetivo de continuar con la búsqueda de otros responsables199. 160. El 14 y 15 de mayo de 2014 dentro de la averiguación previa AP/PGR/SDHPDSC/UEBPD/M5/50/2014 la PGR realizó una inspección ministerial en el lugar identificado 192 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XXIV parte 2. Oficio de la PGR a la CNDH, 20 de octubre de 2014, página 310 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 9 de junio de 2015). 193 Anexo XII. Escrito de observaciones sobre el fondo del Estado recibido el 26 de agosto de 2014. Anexo II. Expediente judicial. Tomo XXIII. Formulación de agravios de PGR ante Cuarto Tribunal Unitario del Decimoséptimo Circuito, 24 de abril de 2014, página 164 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014). 194 195 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XXV, parte I. Resolución de amparo de 31 de diciembre de 2014, página 20 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 9 de junio de 2015). 196 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XXV, parte I. Resolución de amparo de 31 de diciembre de 2014, página 20 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 9 de junio de 2015). 197 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XXV, parte I. Resolución de amparo de 31 de diciembre de 2014, página 148 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 9 de junio de 2015). 198 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XXIII. Comunicación de inicio de averiguación previa AP/PGR/SDHPDSC/UEBPD/M5/2014, 8 de abril de 2014, página 44 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014). 199 Anexo I. Escrito de observaciones sobre el fondo del Estado recibido el 3 de noviembre de 2014. 34

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