-61francotiradores, las internas tuvieron que arrastrarse pegadas al piso, y pasar por encima de
cuerpos de otros internos recién fallecidos57.
197.25.
Según artículos periodísticos publicados el 7 de mayo de 1992, aproximadamente a
las 13:00 horas el Ministro del Interior y el Director General de la Policía Nacional se apersonaron
en el penal y supervisaron las acciones58.
197.26.
Por la tarde del 6 de mayo de 1992 los agentes de seguridad ingresaron al cuarto
piso del pabellón 1A, deteniendo a un grupo de internas que se encontraban heridas a causa de
los disparos y las explosiones. Las trasladaron primero a la zona denominada "admisión" y
posteriormente al penal "Santa Mónica" de Chorrillos59.
197.27.
Los presos que tenían algún conocimiento médico o de enfermería instalaron en el
pabellón 4B un dispensario improvisado para atender a alrededor de 70 personas heridas60. Los
ataques continuaron el resto del día61.
197.28.
Según artículos periodísticos publicados los días 7 y 8 de mayo de 1992, al finalizar
el día 6 de mayo de 1992 el entonces Presidente de la República, Alberto Fujimori, se reunió en
las instalaciones de la Comandancia General del Ejército, conocida como “Pentagonito”, con el
Consejo de Ministros y autoridades policiales y militares, para evaluar la situación del penal62.
197.29.
En el segundo día, el 7 de mayo de 1992, miembros de la Coordinadora Nacional
de Derechos Humanos y familiares de los reclusos intentaron ingresar al penal y dialogar con los
internos, pero fueron obligados por la policía a alejarse del lugar. Los agentes policiales
57
Cfr. declaraciones testimoniales escritas de Daniel Grande Ascue, Miriam Rodríguez Peralta, Gertrudis Silva
Breuery y Yolanda Velarde González (expediente de anexos a la demanda, anexos 128, 95, 97 y 101, folios 1707, 1335,
1371 y 1412); declaración testimonial rendida por Gaby Balcázar Medina en la audiencia pública ante la Corte
Interamericana celebrada los días 26 y 27 de junio de 2006; y dictamen pericial escrito rendido por José Quiroga
(expediente sobre fondo y eventuales reparaciones y costas, tomo VII, folio 2148).
58
Cfr. artículo periodístico titulado “Terroristas se atrincheran en pabellón y atacan con balas, dinamitazos y ácido”
publicado en el diario “la República” el 7 de mayo de 1992, artículo periodístico titulado “Ministro comprobó estado de
rebeldía en el penal” publicado en el diario “El Comercio” el 7 de mayo de 1992, artículo periodístico titulado “Durante
dieciséis horas saldo de enfrentamiento entre terroristas en Canto Grande” publicado en el diario “Expreso” el 7 de mayo
de 1992 (expediente de anexos a la demanda, anexos 45, 46 y 48, folios 1027, 1031 y 1056)
59
Cfr. informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, CVR, suscrito el 27 de agosto de 2003 en la
ciudad de Lima, Perú, Tomo VII, sección 2.68, Las ejecuciones extrajudiciales en el penal Canto Grande, pág. 774
(expediente de anexos al escrito de demanda, anexo 6, correspondiente a un disco compacto); e informe de la Fiscal
Mirtha Campos, oficio N° 142-92-1-OFPPL-MP de fecha 5 de junio de 1992, dirigido a la Fiscal de la Nación (expediente de
anexos a la demanda, anexo 12, folio 131).
60
Cfr. informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, CVR, suscrito el 27 de agosto de 2003 en la
ciudad de Lima, Perú, Tomo VII, sección 2.68, Las ejecuciones extrajudiciales en el penal Canto Grande, pág. 775
(expediente de anexos al escrito de demanda, anexo 6, correspondiente a un disco compacto); y declaración testimonial
escrita de Pascual Utia Lozano (expediente de anexos a la demanda, anexo 130, folio 1724).
61
Cfr. informe Final, Comisión de la Verdad y Reconciliación, CVR, suscrito el 27 de agosto de 2003 en la ciudad de
Lima, Perú, Tomo VII, sección 2.68, Las ejecuciones extrajudiciales en el penal Canto Grande, pág. 773 (expediente de
anexos al escrito de demanda, anexo 6, correspondiente a un disco compacto).
62
Cfr. artículo periodístico titulado “Terroristas se atrincheran en pabellón y atacan con balas, dinamitazos y ácido”
publicado en el diario “La República” el 7 de mayo de 1992; y artículo periodístico titulado “600 senderistas se
‘atrincheran’ en pabellón de hombres” publicado en el diario “Expreso” el 8 de mayo de 1992 (expediente de anexos a la
demanda, anexos 45 y 49, folios 1024 y 1063).