-1113. Informar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado que al término de la declaración rendida en la audiencia pública, podrán presentar ante el Tribunal sus observaciones finales orales y alegatos finales orales, respectivamente, sobre el fondo y eventuales reparaciones. 14. Solicitar a la Secretaría de la Corte que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55.3 del Reglamento, remita a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado una copia de la grabación de la audiencia pública sobre el fondo y eventuales reparaciones, dentro de los 15 días siguientes a su celebración. 15. Informar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado que cuentan con un plazo hasta el 25 de octubre de 2010 para presentar sus observaciones finales escritas y alegatos finales escritos, respectivamente, en relación con el fondo y eventuales reparaciones en este caso. Este plazo es improrrogable e independiente de la remisión de la copia de la grabación de la audiencia pública. 16. Solicitar a la Secretaría de la Corte Interamericana que notifique la presente Resolución a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado. Diego García Sayán Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Diego García Sayán Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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