6 a) la Unidad del Batallón de Ingenieros Bejarano Muñoz, la XVII Brigada del Ejército Nacional y la Policía Nacional mantienen las acciones de control tendientes a brindar seguridad permanente en la zona, así como seguridad perimétrica de la localidad mientras se desarrollan las diligencias judiciales. Estas acciones han sido tomadas por el ejército y la Policía Judicial sin ingresar al casco urbano ni rodear y apostar tropas con armas hacia el caserío. Además, informó que el Ministerio del Interior aprobó proporcionar a los miembros de la Comunidad de Paz un medio de comunicación satelital y que se está gestionando ante la Policía Nacional la autorización para la utilización de radios de comunicación entregados por la Red de Solidaridad a la Comunidad de Paz; b) en lo relativo a los procesos de concertación sobre la adopción de las medidas provisionales, los días 29 y 30 de octubre de 2003 delegados del Estado y de los beneficiarios de las medidas realizaron una visita a la zona con el propósito de reunirse con las autoridades locales y dar cumplimiento a los acuerdos establecidos; c) en cuanto al desarrollo de las investigaciones, la Fiscalía General de la Nación adelantó diligencias judiciales de recaudo de pruebas, en las cuales obtuvo material suficiente que permite identificar a algunos posibles autores de los hechos denunciados, y capturó a una persona por los hechos ocurridos el 19 de febrero de 2003 en San José de Apartadó. A su vez, reiteró la falta de cooperación del Consejo Interno de la Comunidad de Paz con las autoridades competentes y señaló que no acepta las afirmaciones de los representantes relacionadas con la evaluación de la Comisión de Impulso de las Investigaciones, porque confía plenamente en las autoridades legítimamente constituidas y establecidas para administrar justicia; d) las denuncias por los hechos ocurridos el 18 de abril de 2003 en el Barrio “El Magnolio”, por la presunta detención arbitraria del señor Pedro Oquendo David, así como por la muerte de la niña Mileidy Dayana Tuberquia Salas, fueron remitidas a las autoridades competentes para su verificación y el inicio de la correspondiente investigación. Asimismo, la Defensoría del Pueblo acudió al Consejo Superior de la Judicatura para que estudiara la posibilidad de que las investigaciones respecto de algunos hechos acaecidos en San José de Apartadó fueran adelantadas por la justicia ordinaria y la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares; e) dentro de la operación militar denominada “Fortuna”, tropas del Batallón de Ingenieros Bejarano Muñoz decomisaron explosivos transportados en un vehículo de servicio público. Como resultado de dicho operativo, nueve personas, entre ellas algunos miembros del Consejo Interno e integrantes de la Comunidad de Paz, fueron detenidos y dejados a disposición de la Fiscalía con el propósito de adelantar la investigación penal correspondiente. Asimismo, las presuntas irregularidades de la detención de estas personas fueron puestas en conocimiento de las autoridades correspondientes. La detención de los miembros del Consejo Interno de la Comunidad de Paz denunciada por los representantes ocurrió en un retén instalado por la Policía de Carreteras, en cumplimiento de sus funciones de registro y control y una vez concluido este procedimiento se les permitió continuar su trayecto, y f) no existe tolerancia con los grupos de autodefensa ilegales que operan en la zona por parte de la Fuerza Pública.

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