2 las circunstancias del caso concreto y teniendo presentes los límites trazados por el respeto a la seguridad jurídica y al equilibrio procesal entre las partes5. 19. Con base en lo dicho, la Corte procederá a examinar y valorar el conjunto de los elementos que conforman el acervo probatorio del caso, según la regla de la sana crítica6, dentro del marco legal del caso en estudio. A) PRUEBA DOCUMENTAL 20. Al presentar su escrito sobre reparaciones (supra párr. 3), los representantes de los familiares de las víctimas adjuntaron como prueba 1.387 documentos7. 21. La Comisión, en su escrito sobre reparaciones, manifestó que hacía suyas las pruebas presentadas por los representantes de los familiares de las víctimas en el escrito mencionado en el párrafo anterior. 22. El Estado, en su escrito de observaciones a las reparaciones solicitadas (supra párr. 8), presentó un documento como prueba8. 23. Los representantes de los familiares de las víctimas presentaron una serie de documentos solicitados por la Corte como prueba para mejor resolver (supra párrs. 4, 6 y 10)9. Además, presentaron varios documentos que no fueron solicitados10. 24. El Estado también presentó la prueba para mejor resolver solicitada (supra párrs. 4, 8 y 10)11. Durante la audiencia pública sobre reparaciones (supra párr. 9), el Agente Alterno hizo entrega de la copia de un documento12, y el testigo Jorge 5 Cfr. Caso del Caracazo. Reparaciones, supra nota 2, párr. 38; Caso Hilaire, Constantine y Benjamin y otros, supra nota 4, párr. 65; y Caso Trujillo Oroza. Reparaciones, supra nota 2, párr. 37. 6 Cfr. Caso del Caracazo. Reparaciones, supra nota 2, párr. 39; Caso Hilaire, Constantine y Benjamin y otros, supra nota 4, párr. 65; y Caso Trujillo Oroza. Reparaciones, supra nota 2, párr. 38. 7 Cfr. expediente de prueba recibida durante la fase de reparaciones del Caso Las Palmeras, folios 1 a 1727. 8 Cfr. expediente de prueba recibida durante la fase de reparaciones del Caso Las Palmeras, denominado “Prueba presentada por el Estado de Colombia junto con el escrito de observaciones a las reparaciones”, folios 2328 a 2343. 9 Cfr. expediente de prueba recibida durante la fase de reparaciones del Caso Las Palmeras, denominados “Prueba para mejor resolver presentada por los representantes de los familiares de las víctimas”, folios 1728 a 1756, 1764 a 2024 y 2343 bis a 2345; y “Prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Colombiana de Juristas mediante escrito de fecha 30 de julio de 2002”, folios 3378 a 3568. 10 Cfr. expediente de prueba recibida durante la fase de reparaciones del Caso Las Palmeras, folios 1757 a 1763. 11 Cfr. expediente de prueba recibida durante la fase de reparaciones del Caso Las Palmeras, denominados “Prueba aportada por el Estado de Colombia para mejor resolver”, folios 2056 a 2327 y folios 2346, y 2347; y “Prueba presentada por el Estado de Colombia mediante escrito de fecha 24 de julio de 2002, recibida en la Secretaría el 26 de julio de 2002”, folios 2348 a 3377; y expediente de tramitación de la fase de reparaciones del Caso Las Palmeras, Tomo II, folios 428 a 448. 12 Cfr. expediente de tramitación de la fase de reparaciones del Caso Las Palmeras, Tomo II, folios 366 a 368.

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