38
officio y sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva
158
razonable .
157
, la cual debe llevarse a cabo en un plazo
141.
Igualmente, la Corte ha señalado que “en virtud de la protección otorgada por los artículos 8 y 25
de la Convención, los Estados están obligados a suministrar recursos judiciales efectivos a las víctimas de
violaciones de los derechos humanos, que deben ser sustanciados de conformidad con las reglas del debido
159
proceso legal” .
142.
Sobre el contenido del deber de investigar con la debida diligencia, la Corte Interamericana ha
señalado que implica que las averiguaciones deben ser realizadas por todos los medios legales disponibles y deben
160
estar orientadas a la determinación de la verdad . En la misma línea, la Corte ha indicado que el Estado tiene el
deber de asegurar que se efectúe todo lo necesario para conocer la verdad de lo sucedido y para que se sancione a
161
162
los eventuales responsables , involucrando a toda institución estatal . La Corte también ha dicho que las
autoridades deben adoptar las medidas razonables que permitan asegurar el material probatorio necesario para
163
llevar a cabo la investigación .
143.
Si bien la obligación de investigar es una obligación de medios, y no de resultado, ésta debe ser
asumida por el Estado como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad condenada de antemano a
164
ser infructuosa , o como una mera gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de las
165
víctimas o de sus familiares o de la aportación privada de elementos probatorios .
144.
En relación con la obligación del Estado de investigar las denuncias de desaparición forzada de
personas, la Corte ha afirmado que “ante la particular gravedad de estos delitos y la naturaleza de los derechos
lesionados, la prohibición de la desaparición forzada de personas y el correlativo deber de investigarlas y sancionar a
157
Corte I.D.H., Caso García Prieto y otros Vs. El Salvador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de
noviembre de 2007. Serie C No. 168, párr. 101; Corte I.D.H., Caso de los Hermanos Gómez Paquiyauri Vs. Perú. Sentencia de 8 de julio de 2004.
Serie C No. 110, párr. 146; Corte I.D.H., Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 10 de julio de 2007. Serie C No. 167, párr. 130.
158
Corte I.D.H., Caso Bulacio Vs. Argentina. Sentencia de 18 de septiembre de 2003. Serie C No. 100, párr. 114; Caso de la Masacre
de la Rochela Vs. Colombia. Sentencia de 11 de mayo de 2007. Serie C. No. 163, párr. 146 y Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú.
Sentencia de 25 de noviembre de 2006. Serie C No. 160, párr. 382.
159
Corte I.D.H., Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia
de 10 de julio de 2007. Serie C No. 167, párr. 124; Caso de la Masacre de la Rochela Vs. Colombia. Sentencia de 11 de mayo de 2007. Serie C.
No. 163, párr. 145; Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú. Sentencia de 25 de noviembre de 2006. Serie C No. 160, párr. 381 y Caso
Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú. Sentencia de 24 de noviembre de 2006. Serie C No. 158, párrafo 106.
160
Corte I.D.H., Caso García Prieto y otros Vs. El Salvador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de
noviembre de 2007. Serie C No. 168, párr. 101.
161
Corte I.D.H., Caso Bulacio Vs. Argentina. Sentencia de 18 de septiembre de 2003. Serie C No. 100, párr. 114; Caso de la Masacre
de la Rochela Vs. Colombia. Sentencia de 11 de mayo de 2007. Serie C. No. 163, párr. 146 y Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú.
Sentencia de 25 de noviembre de 2006. Serie C No. 160, párr. 382.
162
Corte I.D.H., Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia
de 10 de julio de 2007. Serie C No. 167, párr. 130; Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia. Sentencia de 31 de enero de 2006. Serie C
No. 140, párrafo 120 y Caso Huilca Tecse. Sentencia de 3 de marzo de 2005. Serie C No. 121, párr. 66.
163
Corte I.D.H., Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No.
166, párr. 122.
164
Corte I.D.H., Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4, párr. 177; Caso Cantoral
Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de julio de 2007. Serie C No. 167,
párr. 131 y Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166, párr. 120.
165
Corte I.D.H., Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4, párr. 177 y Caso Zambrano
Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166, párr. 120.