en consecuencia la Comisión, por nota del 8 de enero de 1999, concedió al Estado un plazo adicional de 60 días, informando también sobre dicha decisión al peticionario mediante carta de fecha 28 de enero de 1998. Posteriormente, a través de una comunicación fechada 10 de marzo de 1999, el Estado solicitó una nueva prórroga para atender la solicitud de información, concediéndosele 30 días más mediante nota del 15 de marzo de 1999, notificada también a la parte peticionante. 7. El Gobierno presentó su respuesta a la denuncia mediante comunicación de fecha 15 de abril de 1999, cuyas partes pertinentes fueron transmitidas al denunciante el 22 de abril de 1999, solicitándole que en el plazo de 60 días presentaran las observaciones que estimase convenientes respecto de la respuesta estatal. 8. El peticionario formuló sus observaciones a la respuesta estatal el 9 de julio de 1999, las que fueron remitidas al Gobierno a través de una comunicación fechada 13 de julio de 1999, en la que se le concedía 60 días para enviar información adicional o formular observaciones al escrito del peticionario. 9. El Estado presentó sus comentarios al escrito de observaciones del peticionario el 16 de septiembre de 1999. Con el contenido de este segundo memorial del Estado se corrió traslado al denunciante a través de una comunicación fechada 27 de septiembre de 1999, concediéndole el plazo de 60 días para emitir observaciones. 10. El 7 de diciembre de 1999 el peticionario envió sus observaciones al nuevo informe del Gobierno, cuyo contenido fue puesto en conocimiento del Estado por nota del 20 de diciembre de 1999, otorgándole el plazo de 60 días para que presente su respuesta. 11. Por nota del 19 de abril de 2000, el peticionario proporcionó a la Comisión información actualizada sobre las consecuencias de las presuntas violaciones, cuyas partes pertinentes fueron trasladadas al Gobierno el 30 de mayo de 2000, solicitándole que emitiera sus observaciones en el plazo de 30 días. 12. El Estado remitió a la Comisión su tercer memorial de observaciones mediante escrito de fecha 3 de julio de 2000, el que fue transmitido a la presunta víctima el 19 de julio de 2000, concediéndoles el plazo de 60 días para que formulara sus observaciones. 13. El denunciante contestó la anterior presentación del Estado por nota del 5 de octubre de 2000. Las partes pertinentes de dicha comunicación fueron transmitidas al Gobierno el 10 de octubre de 2000, concediéndole 60 días para presentar cualquier observación. 14. Argentina remitió un nuevo escrito de observaciones a los dichos del peticionario el 2 de enero de 2001. El contenido de dicha nota fue puesto en conocimiento del denunciante el 3 de enero de 2001. III. A. POSICIÓN DE LAS PARTES Posición del peticionario 15. El peticionario sostiene que el Estado es responsable por su detención arbitraria y confinamiento en prisión preventiva por un período de tiempo excesivo. Afirma que Argentina ha incumplido con su deber de investigar y sancionar la utilización de prueba 2

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