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10.
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19.
20.
Johana Marina Valencia Sanmiguel,
Gustavo Caicedo Contreras,
Rusbel Asdrúbal Martínez Contreras,
Roland Andrés Valencia Sanmiguel,
Ronald Mayiber Valencia Sanmiguel,
Luis Guillermo Pérez,
Nory Giraldo de Jaramillo,
Marina San Miguel Duarte,
Viviana Barrera Cruz,
Luz Mery Pinzón López, y
Mariela Contreras Cruz.
3.
Requerir al Estado que investigue los hechos que motivan la adopción de
estas medidas provisionales y, en su caso, identifique a los responsables y les
imponga las sanciones correspondientes.
4.
Requerir al Estado que brinde participación a los representantes de los
beneficiarios de estas medidas en la planificación e implementación de las mismas y
que, en general, les mantenga informados sobre el avance de su ejecución.
5.
Requerir al Estado que continúe informando a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, cada dos meses, sobre las providencias adoptadas, y requerir a
los representantes de las presuntas víctimas y sus familiares, beneficiarios de las
medidas provisionales ordenadas, y a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos que presenten sus observaciones a dichos informes del Estado en un
plazo de cuatro y seis semanas, respectivamente, contado a partir de la recepción
de los referidos informes del Estado.
6.
Notificar la presente Resolución de ratificación de medidas provisionales al
Estado, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes.
Sergio García Ramírez
Presidente
Alirio Abreu Burelli
Antônio A. Cançado Trindade
Oliver Jackman
Cecilia Medina Quiroga
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