7 en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión de cumplimiento de sus decisiones y de conformidad con los artículos 67 y 68 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 25.1 de su Estatuto y 29.2 de su Reglamento, RESUELVE: 1. Declarar que el Estado de Chile ha dado pleno cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 5 de febrero de 2001. 2. Dar por terminado el caso “La Última Tentación de Cristo” y archivar el expediente. 3. Notificar la presente Resolución a las víctimas, sus representantes, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Estado de Chile. 4. Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en su próximo período ordinario de sesiones por conducto del Informe Anual de la Corte del año 2003. Antônio A. Cançado Trindade Presidente Sergio García Ramírez Hernán Salgado Pesantes Máximo Pacheco Gómez Alirio Abreu Burelli Oliver Jackman Carlos Vicente de Roux Rengifo Manuel E. Ventura Robles Secretario Comuníquese y ejecútese, Antônio A. Cançado Trindade Presidente Manuel E. Ventura Robles Secretario

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