cerrado el sumario73. El 7 de diciembre de 2006 dicha representación solicitó al Juzgado “cierre del sumario, y se dicte acusación fiscal o sobreseimiento temporal o definitivo en contra de la querellada” 74 y el Primer Juzgado Civil resolvió: “con mérito de los antecedentes, no se encuentra suficientemente justificado en autos la existencia del delito denunciado” y “se declara que se sobresee temporalmente esta causa, hasta que se reúnan nuevos y mejores datos de investigación”75. 72. El 29 de enero de 2007 la representación de Vinicio Poblete Tapia solicitó la reapertura del sumario puesto que “[l]a investigación instruida en su oportunidad (…) carece de importantes antecedentes relacionados directamente con la causa, los cuales no han sido tomados en consideración al no haber sido realizados por el tribunal, pese a haberse solicitado en su oportunidad durante el sumario”. Asimismo, solicitó las siguientes diligencias: i) la declaración de Alejandra y Jorge Fuentes Poblete; ii) reiteración de la citación mediante notificación en lugar de trabajo actual, de la médico cirujana Elizabeth Aviles Castillo, la enfermera Ana Yánez Torres, y Marcelo Garrido Salvo; iii) la exhumación del cadáver de Vinicio Antonio Poblete Tapia; y iv) oficio al Ministerio de Salud, para que informe respecto de la realización de un sumario administrativo en contra del personal del Hospital Sótero del Río 76. 73. El 17 de febrero de 2007 el Primer Juzgado Civil desarchivó la causa 77 y el 17 de abril de 2007 volvió la causa a estado de sumario78. 74. El 23 de mayo de 2007 el Primer Juzgado Civil comprobó que el doctor Luis Carvajal Freire continuaba trabajando en el Hospital Sótero del Río 79. 75. El 12 de junio de 2007 declaró ante el Primer Juzgado Civil Jorge Alejandro Fuentes Poblete 80 y el 15 de junio de 2007 Alejandra Marcela Fuentes Poblete 81. 76. El 21 de enero de 2008 el Primer Juzgado Civil ordenó practicarse “informe de facultades mentales a Cesia Pob[l]ete Tapia y a Vinicio Pob[le]te Tapia” 82. Mediante orden de 30 de mayo de 2008, el Servicio Médico Legal informó que no se había recibido dicha solicitud 83. 73 Anexo 55. Primer Juzgado Civil, resolución de 22 de noviembre de 2006 (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 2008). 74 Anexo 56. Escrito de la representación de María Carolina Chacón Fernández recibido el 7 de diciembre de 2006 en el Primer Juzgado Civil (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 2008). 75 de 2008). Anexo 57. Primer Juzgado Civil, auto de 11 de diciembre de 2006 (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre 76 Anexo 58. Escrito de la representación Vinicio Poblete Tapia de 29 de enero de 2007 (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 2008). 77 Anexo 59. Primer Juzgado Civil, auto de 17 de febrero de 2007 (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 78 Anexo 60. Primer Juzgado Civil, auto de 17 de abril de 2007 (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 79 Anexo 61. Auto del Primer Juzgado Civil de 23 de mayo de 2007 (Anexo al escrito de los peticionarios de 4 de junio de 2008). 2008). 2007). 80 Anexo 5. Declaración de Jorge Alejandro Fuentes Poblete de 12 de junio de 2007, ante el Primer Juzgado Civil (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 2008). 81 Anexo 12. Declaración de Alejandra Marcela Fuentes Poblete de 15 de junio de 2007, ante el Primer Juzgado Civil (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 2008). 82 Anexo 62. Primer Juzgado Civil, auto de 21 de enero de 2008 (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 2008). 83 Anexo 63. Servicio Médico Legal, Ord. N° 10187 de 30 de mayo de 2008, dirigida al Primer Juzgado Civil (Anexo a la comunicación del Estado de 23 de septiembre de 2008). 14

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