-24que estimen pertinentes en el plazo que se fija en la presente Resolución. El valor probatorio de esas declaraciones será determinado en su oportunidad por el Tribunal, el cual tomará en cuenta los puntos de vista expresados por las partes en ejercicio de su derecho a la defensa, si los hubiere. 110. Que los autos en el presente caso se encuentran listos para la apertura del procedimiento oral en cuanto a la excepción preliminar y los eventuales fondo, reparaciones y costas, por lo que es pertinente convocar tentativamente a una audiencia privada para escuchar la declaración a título informativo de la señora Patricia González Rodríguez, así como a una audiencia pública para escuchar los testimonios de las señoras Josefina González Rodríguez, Irma Monreal Jaime y Benita Monárrez, propuestas por la Comisión y los representantes, de la señora Silvia Sepúlveda Ramírez y del señor Rodrigo Caballero Rodríguez, propuestos por el Estado, y la declaración pericial de Rhonda Copelon, propuesta por la Comisión, así como los alegatos finales orales de la Comisión, de los representantes y del Estado. 111. Que de acuerdo con la práctica del Tribunal, la Comisión, los representantes y el Estado podrán presentar sus alegatos finales escritos en relación con la excepción preliminar y los eventuales fondo, reparaciones y costas en este caso, con posterioridad a la finalización de la audiencia pública convocada en la presente Resolución. POR TANTO: LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 19.1, 24.1, 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos 14.1, 21.3, 24, 29.2, 33, 36, 38, 40, 42, 43.3, 44, 45.2, 46, 47, 49, 50, 51 y 52 del Reglamento, y en consulta con los demás jueces de la Corte, RESUELVE: 1. Requerir, por las razones señaladas en la presente Resolución y en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 47.3 del Reglamento, que las siguientes personas, propuestas por las partes presenten sus testimonios y peritajes a través de declaraciones rendidas ante fedatario público (affidávit): Testigos A) Propuestos por la Comisión: 1) Luis Alberto Bosio, quien declarará sobre “los reconocimientos médico forenses y dictámenes médico óseos en antropología forense que practicó en relación con varios de los restos encontrados en el denominado ‘Campo Algodonero’ entre el 6 y 7 de noviembre de 2001; las conclusiones a las que arribó; y la compatibilidad de los exámenes realizados con anterioridad, respecto de los mismos restos, con los estándares internacionales aplicables en la materia”.

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