15 […] Que las lesiones que presenta se las produjo la policía judicial que los aseguró, y que no es su deseo presentar querella alguna por sus lesiones, pero manifiesta que no deben deben de hacer 36 eso […] . 57. El agente del Ministerio Público interviniente solicitó al Director General de Servicios Periciales, con posterioridad a las declaraciones, que se designe a un perito en medicina, que dictamine 37 con respecto al estado psicofísico y de lesiones de Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre . El certificado médico expedido el 7 de junio de 1997 por los peritos médicos forenses de la Dirección de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, concluye que “Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre presentan lesiones que por su naturaleza no ponen en peligro la vida y 38 tardan en sanar menos de quince días” . Además, consta en el material probatorio, otro certificado médico emitido a las 6:55 PM del 7 de junio de 1997, en el cual se establece nuevamente que las lesiones que presentan Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre, “por su naturaleza, no ponen en peligro la vida y tardan en sanar menos de quince días”. […] Juan García Cruz, presenta equimosis en hombro izquierdo de 10x7 cm., escoriación dermoepidermica con costra hemática de 0.5x0.5 cm. Santiago Sanchez Silvestre: equimosis en hombro derecho de 7x5 cm., escoriación dermoepidérmica de 2x1cm. en codo derecho, y una de 0.5x0.5 cm., escoriación dermoepidermica en codo izquierdo de 1x1 cm., escoriación dermoepidérmica en pierna derecha e izquierda tercio medio cara anterior de 0.5x0.5 cm. Cada una, equimosis en cara anterior de axila izquierda de 10x5cm., escoriación dermoepidermica con costra hemática en cara posterior de oreja izquierda de 2x2cm., edema en pómulo derecho de 2x2cm. […] Las lesiones en hombros y brazos que presentan los arriba anotados, presentan también aumento de volumen de la región afectada que se acompaña con limitación de movimientos, estas 39 lesiones requieren valoración radiográfica. […] 58. Se desprende de los elementos de convicción disponibles, que la averiguación previa No. DGSP/231/97-06 se remitió de la PGJDF a la PGR en virtud de que la materia de investigación resultó ser de competencia federal. Mediante “Acuerdo” de fecha 7 de junio de 1997, la Dirección de Investigaciones de Delitos contra la Seguridad de las Personas, las Instituciones y la Administración de Justicia de la PGJDF acordó remitir íntegramente la actuaciones realizadas a la Procuraduría General de la República para su “prosecución y perfeccionamiento” en virtud de que en atención a la legislación aplicable, la investigación se refiere a “hechos de su exclusiva competencia”; indicando además, que Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre quedaban a disposición del agente del Ministerio Público 40 Federal en turno de dicha institución . 36 Documentación aportada por el Estado en la audiencia sobre el fondo del caso, realizada durante el 138° período ordinario de sesiones. Ver también comunicación de los peticionarios de 9 de julio de 2007. Anexo 1. Declaraciones de Santiago Sánchez Silvestre y Juan garcía Cruz ante la Dirección General de Investigación de Delitos contra la Seguridad de las Personas, las Instituciones y la Administración de Justicia de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de fecha 6 de junio. Averiguación previa DGSP/231/97-06. 37 Documentación aportada por el Estado en la audiencia sobre el fondo del caso, realizada durante el 138° período ordinario de sesiones. Llamado No 7578 del Agente del Ministerio Público de la Subprocuraduría A de Procedimientos Penales de la Dirección General de Investigación de de Delitos contra la Seguridad de las Personas, las instituciones y la Administración de Justicia de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, al Director General de Servicios Periciales. 6 de junio de 1997. Averiguación previa DGSP/231/97-06. 38 Documentación aportada por el Estado en la audiencia sobre el fondo del caso, realizada durante el 138° período ordinario de sesiones. Certificado médico de la Dirección General de Servicios Periciales de la Dirección de Especialidades Médicas, Identificación y Apoyo de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; de fecha 7 de junio de 1997 y 2:28 horas. Averiguación previa DGSP/231/97-06. 39 Documentación aportada por el Estado en la audiencia sobre el fondo del caso, realizada durante el 138° período ordinario de sesiones. Certificado médico de la Dirección General de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; de fecha 7 de junio de 1997 y 18:55 horas. Averiguación previa DGSP/231/97-06. 40 Documentación aportada por el Estado en la audiencia sobre el fondo del caso, realizada durante el 138° período ordinario de sesiones. Acuerdo de fecha 7 de junio de 1997 de la Dirección de Investigaciones de Delitos contra la Seguridad de las Personas, las Instituciones y la Administración de Justicia de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

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