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derechos humanos, inclusive los derechos económicos, sociales y culturales, son pronta e
inmediatamente exigibles y justiciables, una vez que la interrelación e indivisibilidad de todos
los derechos humanos se afirman en los planos no sólo doctrinal sino también operativo, - o
sea, tanto en la doctrina como en la hermenéutica y la aplicación de los derechos humanos7.
Antônio Augusto Cançado Trindade
Juez
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
.
A.A. Cançado Trindade, La Cuestión de la Protección Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y
Culturales: Evolución y Tendencias Actuales, San José de Costa Rica, IIDH (Serie para ONGs, vol. 6), 1992, pp. 1-61;
A.A. Cançado Trindade, "La question de la protection internationale des droits économiques, sociaux et culturels:
évolution et tendances actuelles", 44 Boletim da Sociedade Brasileira de Direito Internacional (1991) pp. 13-41; A.A.
Cançado Trindade, "La Protección Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el Final del Siglo",
in El Derecho Internacional en un Mundo en Transformación - Liber Amicorum en Homenaje al Prof. E. Jiménez de
Aréchaga, vol. I, Montevideo, Fundación de Cultura Universitaria, 1994, pp. 345-363; A.A. Cançado Trindade, El
Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el Siglo XXI, 1a. ed., Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 2001, pp.
91-142, entre varios otros escritos.
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