18 61. De acuerdo con el artículo 56 del Reglamento, los representantes, el Estado y la Comisión podrán presentar sus alegatos finales escritos y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas, en el plazo fijado en el punto resolutivo decimotercero de esta Resolución. POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte, con el artículo 34 del Reglamento anteriormente vigente, y los artículos 4, 15.1, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46, 48, 50 a 56, 58, 60 y 79.2 del Reglamento del Tribunal, así como con el Reglamento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, RESUELVE: 1. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución (supra Considerandos 44 a 45), de conformidad con el principio de economía procesal y en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten sus declaraciones ante fedatario público (affidávit): A) Presuntas víctimas Propuestas por los representantes: 1) Jennie Rossana González Ramírez, hija de Narciso González Medina, quien declarará sobre las gestiones realizadas por ella y su familia para conocer la verdad de lo ocurrido y la respuesta estatal; y las alegadas consecuencias que la presunta desaparición de su padre y la alegada falta de justicia han tenido en su vida personal y familiar; 2) Ernesto González Ramírez, hijo de Narciso González Medina, quien declarará sobre las gestiones realizadas por él y su familia para conocer la verdad de lo ocurrido y la respuesta estatal; la supuesta vigilancia de la cual fue objeto su padre antes de la alegada desaparición; y las consecuencias que la presunta desaparición de su padre y la alegada falta de justicia han tenido en su vida personal y familiar, y 3) Rhina Yokasta González Ramírez, hija de Narciso González Medina, quien declarará sobre las gestiones realizadas por ella y su familia para conocer la verdad de lo ocurrido y la respuesta estatal; y las alegadas consecuencias que la presunta desaparición de su padre y la alegada falta de justicia han tenido en su vida personal y familiar; B) Testigos Propuestos por los representantes: 1) Huchi Lora, periodista y actual Presidente de Teleduca, quien declarará sobre el desempeño profesional (el legado) de la presunta víctima Narciso González Medina y los alegados riesgos que ha enfrentado la prensa de denuncia en República Dominicana;

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