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deben asumir las consecuencias jurídicas de los ilícitos cometidos.
En lo que concierne a los tratados de derechos humanos, la propia doctrina jurídica
contemporánea hoy día se esfuerza por determinar sus efectos en relación con terceros11,
precisamente con miras a asegurar una protección integral de los derechos humanos
consagrados.
25.
En este Voto Razonado en la presente Interpretación de Sentencia en el caso de la
Prisión de Castro Castro versus Perú (2007), no podría dejar de evocar mis reflexiones
consignadas en dos otros de mis Votos Razonados en dos casos de masacres atinentes a
distintos Estados Partes en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a saber, el
caso de la Masacre de Mapiripán, concerniente a Colombia (Sentencia del 15.09.2005), y la
Masacre de Plan de Sánchez, referente a Guatemala (Reparaciones, Sentencia del 19.11.
2004)12. En efecto, en mi Voto Razonado en el caso de la Masacre de Mapiripán, me permití
ponderar que
"No se combate el terror con el terror, sino en el marco del Derecho. Los
que acuden al uso de la fuerza bruta se brutalizan ellos mismos, creando una
espiral de violencia generalizada que termina por victimar los inocentes,
inclusive niños. (...)
La fuerza bruta genera la fuerza bruta, y, al final, qué tenemos? La
nada, la devastación general, la descomposición del tejido social, las
venganzas, las torturas y ejecuciones sumarias y otras violaciones graves del
Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos
Humanos, la transformación de los seres humanos en meros instrumentos de la
confrontación y destrucción, - abriendo heridas que requerirán generaciones
para cicatrizar" (párrs. 46-47).
26.
Y, en el mismo Voto Razonado en el caso de la Masacre de Mapiripán, agregué:
"Como me permití recordar en mi Voto Razonado en el caso de la
Masacre de Plan de Sánchez (reparaciones, Sentencia del 19.11.2004), "ya los
antiguos griegos se daban cuenta de los efectos devastadores del uso de la
fuerza bruta y de la guerra tanto sobre vencedores como sobre vencidos,
revelando el gran mal de la sustitución de los fines por los medios" (párr. 29);
desde la época de la Ilíada de Homero hasta hoy, todos los partidarios de la
fuerza bruta se transforman en piezas del engranaje de la máquina de matar.
Como en la Ilíada de Homero, "no hay vencedores ni vencidos, todos son
tomados por la fuerza, poseídos por la guerra, degradados por la devastación de
las brutalidades y las masacres" (párr. 30), que se perpetúan en el tiempo,
.
Cf., e.g., D. Spielmann, L'effet potentiel de la Convention Européenne des Droits de
l'Homme entre personnes privées, Bruxelles, Bruylant, 1995, pp. 17-89; A. Clapham, Human
Rights Obligations of Non-State Actors, Oxford/Florence, Academy of European Law (European
University Institute)/Oxford University Press, 2006, pp. 25-566.
11
.
Los textos de ambos Votos Razonados encuéntranse reproducidos in: A.A. Cançado
Trindade, Derecho Internacional de los Derechos Humanos - Esencia y Trascendencia (Votos
en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, 1991-2006), México, Edit.
Porrúa/Universidad Iberoamericana, 2007, pp. 595-613 y 457-465.
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