todo lo actuado”99, es decir, entregar hojas en blanco para fotocopiar el expediente judicial. Este auto fue notificado al representante de la señora Acosta al día siguiente100. 53. El 22 de mayo de 2002 el representante de la señora Acosta interpuso un recurso de reforma contra el auto de 17 de mayo de 2002 debido a que no se podía ordenar al recurrente presentar papel dentro de las siguientes 24 horas pues según la normativa aplicable, antes de emitir esta orden se debía prevenir a la parte101. En este sentido, solicitó que “[se le] permit[iera] depositar en la secretaría, la cantidad suficiente en moneda nacional, para fotocopiar todo lo actuado”102. Añadió que en virtud del principio de economía procesal, depositaría en la secretaría del juzgado la cantidad de 200 córdobas para los costos de fotocopias 103. Ese mismo día, el representante de la señora Acosta presentó el dinero pero éste no le fue recibido104. El 31 de mayo de 2002 el Juez de Distrito del Crimen denegó el recurso de reforma bajo el argumento de que el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil establece que es obligación del recurrente aportar el papel 105. 54. El 3 de junio de 2002 el Juez de Distrito del Crimen declaró desierto el recurso de apelación interpuesto el 15 de mayo de 2002, argumentando que el representante de la señora Acosta no había suministrado el papel para sacar fotocopias de las diligencias judiciales ni había ofrecido los recursos económicos necesarios para ello106. d. Continuación del proceso en contra de Iván Argüello y Wilberth Ochoa, recursos e incidentes de nulidad 55. El 26 de mayo de 2002 el Juez de Distrito del Crimen emplazó a Iván Argüello a que compareciera en el término de 15 días a defenderse de la causa judicial107. El 29 de mayo de 2002, la Policía Nacional presentó un peritaje en el que se determinó que el proyectil con el que se dio muerte al señor García Valle no poseía huellas con valor identificativo y que perteneció a un cartucho calibre 25108. 99 Anexo 98. Auto del Juzgado de de Distrito del Crimen de Bluefields, 17 de mayo de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folio 196. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 100 Anexo 98. Auto del Juzgado de de Distrito del Crimen de Bluefields, 17 de mayo de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folio 196. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 101 Anexo 99. Recurso de reforma interpuesto por el representante de la señora Acosta ante el Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 22 de mayo de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folio 202. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 102 Anexo 99. Recurso de reforma interpuesto por el representante de la señora Acosta ante el Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 22 de mayo de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folio 202. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 103 Anexo 99. Recurso de reforma interpuesto por el representante de la señora Acosta ante el Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 22 de mayo de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folio 202. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 104 De acuerdo con la Fiscal Auxiliar, “consta por secretaria a reverso del folio 202 la presentación de dinero por parte del [representante de la señora Acosta] para gastos de fotocopia, los cuales no le fueron recibidos”. Anexo 100. Escrito de segundas vistas de la Fiscal Auxiliar ante el Juzgado de Distrito de lo Civil y Penal del In. Por Ministerio de La Ley de Bluefields, 24 de diciembre de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folios 268 a 270. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 105 Anexo 101. Resolución del Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 31 de mayo de 2002, Expediente judicial de primera instancia, folio 211. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 106 Anexo 102. Resolución del Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 3 de junio de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folio 214. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 107 Anexo 103. Edicto del Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields de 27 de mayo de 2002, folio 206. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. 108 Anexo 104. Informe pericial balístico del Laboratorio de Criminalística, Policía Nacional, 20 de mayo de 2002. Expediente judicial de primera instancia, folio 209. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 13 de julio de 2007. Este informe fue realizado por solicitud hecha por el Sub-Comisionado Oswaldo Pérez con la remisión del proyectil investigado, el día 17 de mayo de 2002.

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