68 134.43. con esta resolución, y por tratarse de una misma cuestión de la duda de competencia, el 2 de septiembre de 1997 la querellante adhesiva desistió de continuar con la apelación presentada contra la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones que confirmó la inhibitoria del Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente116. Además, finalizaron los trámites que se estaban realizando en el Juzgado Primero de Sentencia respecto del proceso principal de acuerdo a las normas del Código Procesal Penal derogado117; 134.44. el expediente del caso fue remitido por las autoridades judiciales al Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente118 y se fijó la fecha de cierre de la fase instructiva de investigación para el 23 de junio de 1998119; 134.45. el 18 de junio de 1998 Lucrecia Hernández Mack se constituyó como actora civil en el proceso penal120; 134.46. el 23 de junio de 1998 el Fiscal presentó ante el Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente las acusaciones contra los presuntos autores intelectuales del homicidio de Myrna Mack Chang y solicitó la apertura de la fase de juicio oral y público121; 134.47. el 22 de junio de 1998 la querellante adhesiva presentó una solicitud de recusación contra el Juez Primero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente en la que pidió su separación de la causa por las acciones irregulares llevadas a cabo por éste en la tramitación del procedimiento y por la evidente parcialidad en favor de los procesados122. Dicho Juez declaró no ha lugar a la recusación el 23 de junio de 1998 y remitió el expediente a la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones123. El 17 de septiembre de 1998 la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones decidió remover al Juez de Primera Instancia de la causa y ordenó trasladar el proceso al Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal, 116 Cfr. solicitud a la Corte de Constitucionalidad de 18 de septiembre de 1997 (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda e interposición de excepciones preliminares, folios 6289 a 6291). 117 Cfr. demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de 19 de junio de 2001 (expediente de fondo y eventuales reparaciones, tomo I, folio 36). 118 Cfr. resolución de la Corte Suprema de Justicia de 2 de septiembre de 1997 (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda e interposición de excepciones preliminares, folios 5802 a 5804); y resolución del Juzgado Primero de Primera Instancia Penal de Sentencia de 13 de enero de 1998 (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda e interposición de excepciones preliminares, folio 5840). 119 Cfr. demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de 19 de junio de 2001 (expediente de fondo y eventuales reparaciones, tomo I, folio 37). 120 Cfr. escrito al Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de 18 de junio de 1998 (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda e interposición de excepciones preliminares, folios 6033 a 6043). 121 Cfr. acusación del Ministerio Público de 23 de junio de 1998 (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda e interposición de excepciones preliminares, folios 8179 a 8205). 122 Cfr. solicitud de recusación al Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de 22 de junio de 1998 (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda e interposición de excepciones preliminares, folios 6069 a 6081). 123 Cfr. resolución del Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de 23 de junio de 1998 (expediente de anexos al escrito de contestación de la demanda e interposición de excepciones preliminares, folios 6072 a 6075).

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