38 inclusive pretendieron eliminar toda la prueba documental y testimonial aportada por la querellante adhesiva. Por otro amparo, alegaron que la querellante no había determinado los extremos sobre los cuales tenía que declarar el perito y se suspendió el juicio. Además, en algún momento del proceso se ordenó la devolución de la causa de la justicia civil a la militar provocando retrasos de años discutiendo sobre esta competencia. En un primer momento los tribunales civiles eran los que conocían el caso, pero la defensa insistía en ser juzgados por un tribunal militar. Las autoridades judiciales no quisieron conocer o entorpecieron cualquier actuación judicial precisamente por temor. En 1996 pretendieron clausurar el juicio, retrotraerlo y acumularlo al juicio contra Beteta Alvarez. Esa discusión tardó tres años y los jueces que han intentando hacer algo han sido amenazados. Igualmente, amparados en el secreto de Estado contenido en el artículo 30 de la Constitución Política de la República, el Ministerio de la Defensa Nacional rechazó la entrega de documentos que podrían contribuir a demostrar la responsabilidad de los imputados en este caso. Se solicitó información sobre procesos operativos y administrativos normales del Departamento de Seguridad Presidencial, el récord de la autorización de vehículos de esa época del Departamento de Seguridad Presidencial y el expediente de su hermana, el cual la Comisión de Esclarecimiento Histórico dio fe de haberlo visto por lo menos parcialmente, pero todo esto fue denegado. Asimismo, se pidió información sobre personas en puestos claves y especialmente si habían formado parte del sistema de inteligencia, lo que fue rechazado por razones de seguridad. Al respecto, la ley guatemalteca es muy clara, y establece que la información debe de ser otorgada cuando la solicita un juez competente, y este será quien determine si es de seguridad o no. Sin embargo, no se ha entregado nada. En el proceso contra los autores intelectuales solamente fue condenada una persona, el coronel Juan Valencia Osorio, y ahora el proceso de apelación se llevó a efecto el 26 de febrero del año 2003. Con esto no se puede afirmar que se han condenado a todos los responsables materiales e intelectuales del asesinato. Hay otros sospechosos también intelectuales en el crimen de su hermana, pero las autoridades no quisieron iniciar ninguna investigación, sobre todo por el riesgo que esto conlleva. Existe un procedimiento abierto contra otros autores materiales. Es obligación del Estado continuar con la investigación y llevar a todos los responsables a juicio para lograr que se haga justicia en el presente caso. En el año de 1994 le fueron entregados una serie de casetes que grabó Noel de Jesús Beteta Álvarez, en los que describe exactamente cómo asesinó a su hermana, definiendo claramente como se efectuó una operación ilegal de inteligencia para matar a aquellos que eran considerados enemigos del Estado. Pretendía que se le aplicara una redención de la pena por las declaraciones que él estaba dando. Esperaba en todo caso una amnistía. Él manifestó que quien le dio la orden y quien le dio la señal “de romanos” para matar a su hermana fue el coronel Juan Valencia Osorio que había recibido instrucciones del general Edgar Augusto Godoy Gaitán. En el juicio que se llevó a cabo entre el 3 de septiembre de 2002 y el 3 de octubre de 2002 ante el tribunal competente, Beteta Álvarez reconoció que fue él quien hizo las entrevistas, pero que las hizo en estado de drogadicción acusándola de proveerle una onza diaria de cocaína para comprar su testimonio. No obstante, las declaraciones son consistentes en espacio, tiempo y lugar, por lo que si durante los seis o cuatro meses que duraron las entrevistas Beteta Alvarez hubiere estado drogado por consumo de una onza diaria de cocaína no hubiera tenido capacidad para hacerlas.

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