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ordenaron y ejecutaron esta muerte extrajudicial. Constituye este caso una
típica muerte por razones políticas235.
142. También, varios de los peritos y testigos que comparecieron ante la Corte
manifestaron que Myrna Mack Chang fue elegida como “blanco” o “enemigo
interno” debido a las actividades que realizaba. Al respecto, la perito Mónica Pinto
(supra párr. 127.i), en el dictamen que rindió ante la Corte, expresó que:
Myrna Mack fue ejecutada en el año 90. No recuerdo exactamente la fecha.
No fue la única ejecución del año 90, hubo otras. Y en realidad las
ejecuciones sumarias en Guatemala han tenido distintos perfiles a lo largo
del tiempo. Luego de una etapa de ejecuciones sumarias masivas, colectivas
que podían inscribirse en distintas políticas como la política de “Tierra
Arrasada” o algunas otras, vinieron las ejecuciones sumarias más selectivas.
Myrna Mack estaba trabajando en un ámbito sensible, quizás para
consideraciones políticas y por otro lado, la forma en que fue ejecutada
determinaba que no se trataba de un homicidio tradicional. Myrna Mack fue
objeto de 27 puñaladas.
[…]
[M]i mandato no se extiende al momento de los hechos en los cuales perdió
la vida Myrna Mack. La lectura que se hace a través de los cuatro informes
que yo le presenté a la Comisión es que básicamente todo el tratamiento que
un sector amplio del poder en Guatemala tenía del tema de refugiados era
muy cercano a considerar que el refugio era prácticamente un sinónimo de la
militancia en la guerrilla. Myrna Mack estaba trabajando en el tema de los
refugiados y estaba trabajando las causas y en algún momento Myrna Mack
se transforma en un elemento de peligro. ¿Cuál fue la intensidad de ese
peligro?
Si este es exactamente la lectura que pudieron hacer las
autoridades que decidieron que Myrna Mack fuera eliminada, es algo que se
me escapa. Pero, obviamente todas las circunstancias estaban dadas en el
momento en que yo redacté el primero de los informes para concluir, que la
forma en la cual Myrna Mack había perdido la vida no se debía a un homicidio
simple, no se debía a ninguna cuestión pasional, sino que esto obedecía a
una política que premeditadamente había decidido que había que deshacerse
de Myrna Mack.
143. Igualmente, la testigo Lucrecia Hernández Mack, hija de la víctima (supra
párr. 27.c) manifestó ante el Tribunal que:
[m]i madre fue asesinada por motivos políticos. Ella estaba realizando en
ese momento, y había realizado ya, investigaciones sobre la población
desplazada interna en Guatemala. Es decir, una población civil que había
sido hostigada y perseguida por el Ejército de Guatemala. Y ella estaba
conociendo los testimonios de estas personas y las políticas institucionales
del Estado para […] estas personas. Ella estaba dando a conocer, y había
publicado un libro, en donde claramente se señalaba la existencia de estas
poblaciones y también la forma en que el Ejército había estado masacrando
dentro del país y había estado violando los derechos humanos dentro del
país. Esto obviamente era algo que no le convenía al Ejército y por lo tanto
vieron en mi mamá un peligro y se convirtió entonces en un blanco y fue por
eso que la asesinaron. Fue por motivos políticos. Y bueno y eso es algo que
negaron desde un inicio, que pudiera ser por motivos políticos.
144. En ese sentido, el Informe de la CEH concluyó respecto del caso de Myrna
Mack Chang que:
235
Cfr. informe del Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala de 9 de noviembre de
1992 (expediente de anexos a la demanda, anexo 47, folios 882 a 896).
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