41
[…]
“El objetivo explícito de la tortura a los detenidos era conseguir información. Los métodos no importaban.
Debido a que el preso no era nunca puesto a disposición de la autoridad competente, se le podría aplicar
todo tipo de tortura, incluyendo, desfiguraciones en el rostro, quemaduras de tercer grado, darles de
tomar gasolina, romperles los huesos del cuerpo, cortarles o rebanarles la planta de los pies, darles
toques eléctricos en diferentes partes del cuerpo, amarrarlos por los testículos y colgarlos, introducir
botellas de vidrio en la vagina de las mujeres y someterlas a vejación, introducir mangueras por el ano
para llenarlos de agua y luego golpearlos”116.
137. El Informe de la Fiscalía Especial documentó acciones militares desplegadas en el Estado
de Guerrero que revelan lo que pudieron ser los antecedentes de la detención del señor Radilla
Pacheco. En tal informe se indicó que “[s]e calculaba que para 1971 el Ejército tenía
concentrado[s] en Guerrero 24,000 soldados, una tercera parte de todos sus efectivos”, y que,
para esa época, la Brigada Campesina de Ajusticiamiento del Partido Comunista de los Pobres,
liderada por Lucio Cabañas “era la que tenía el control de una amplia zona” de la sierra, por lo
que “[e]l Ejército hostig[ó] a las comunidades [y] det[uvo] a los pobladores acusándolos de
abastecer a Lucio117”. Al respecto, destacó que luego del secuestro del entonces gobernador
electo del Estado de Guerrero, Rubén Figueroa, por parte de la Brigada Campesina, ocurrido el 6
de junio de 1974, semanas antes de la detención del señor Rosendo Radilla Pacheco (supra
párrs. 124 a 126), “[l]a respuesta del Ejército fue brutal en contra de las comunidades
campesinas, a las que consideró como bases del movimiento guerrillero”118. Según el informe, el
Ejército buscó “[l]a aniquilación de todo resabio de la guerrilla, arrasando a sangre y fuego, a
todo partidario o sospechoso de simpatizar con la guerrilla, con el Partido de los Pobres, o con la
izquierda […]119”.
C.
La desaparición forzada como violación múltiple de derechos humanos y los
deberes de respeto y garantía
138. Como se mencionó en el capítulo sobre excepciones preliminares de la presente
Sentencia, el fenómeno de la desaparición forzada de personas requiere de un análisis sistémico
y comprensivo, por lo cual este Tribunal considera adecuado reiterar el fundamento jurídico que
sustenta la necesidad de una perspectiva integral de la desaparición forzada en razón de la
pluralidad de conductas que, cohesionadas por un único fin, vulneran de manera permanente
bienes jurídicos protegidos por la Convención.
139. En el derecho internacional la jurisprudencia de este Tribunal ha sido precursora de la
consolidación de una perspectiva comprensiva de la gravedad y el carácter continuado o
permanente y autónomo de la figura de la desaparición forzada de personas. La Corte ha
reiterado que ésta constituye una violación múltiple de varios derechos protegidos por la
Convención Americana que coloca a la víctima en un estado de completa indefensión,
acarreando otras vulneraciones conexas, siendo particularmente grave cuando forma parte de
un patrón sistemático o práctica aplicada o tolerada por el Estado. La desaparición forzada
116
Cfr. Informe Histórico a la Sociedad Mexicana, Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado,
Procuraduría General de la República, 2006 (expediente de anexos a la demanda, anexo 4, página 612).
117
Cfr. Informe Histórico a la Sociedad Mexicana, Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado,
Procuraduría General de la República, 2006 (expediente de anexos a la demanda, anexo 4, páginas 333 y 342).
118
Cfr. Informe Histórico a la Sociedad Mexicana, Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado,
Procuraduría General de la República, 2006 (expediente de anexos a la demanda, anexo 4, página 367).
119
Cfr. Informe Histórico a la Sociedad Mexicana, Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado,
Procuraduría General de la República, 2006 (expediente de anexos a la demanda, anexo 4, página 368).
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos