16 requeridos por el Tribunal como prueba para mejor resolver13 (supra párrs. 30 y 32). La Comisión indicó que entendía que los representantes presentarían los elementos de prueba requeridos por la Corte y que quedaba a disposición ésta en el caso de que algún elemento continuase pendiente de presentación. El Estado presentó también parte de la prueba para mejor resolver solicitada (supra párrs. 31 y 32)14. 44. Asimismo, la Corte agrega los siguientes documentos al acervo probatorio, en aplicación del artículo 45.1 del Reglamento, por considerarlos útiles para la resolución de este caso: a) Ley de Amparo, Decreto No. 009- 1936, promulgada el 14 de abril de 1996; b) Naciones Unidas, “El Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y todas las Formas de Discriminación”, informe del Sr. Doudou Diène, Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia. Adición – MISIÓN A HONDURAS. UN Doc. E/CN.4/2005/18/Add.5, de 22 de marzo de 2005; c) Naciones Unidas, Comisión de Derechos Humanos, Civil and Political Rights, Including the Questions of: Independence of the Judiciary, Administration of Justice, Impunity, Report of the Special Rapporteur on the independence of judges and lawyers, Leandro Despouy, submitted in accordance with Commission on Human Rights resolution 2003/43. Addendum – Situations in specific countries or territories. UN Doc. 13 A saber: Constitución de la República de Honduras, Decreto No. 131 de 11 de enero de 1982 y que se encuentra vigente actualmente; Código Penal, Decreto No. 144-83 de 26 de septiembre de 1983 y que se encuentra vigente actualmente; Código Procesal Penal reformado, Decreto No. 144-83 de 23 de agosto de 1983, Decreto No. 191-96 de 31 de octubre de 1996 y Decreto No. 59-97 de 8 de mayo de 1997; Nuevo Código Procesal Penal, Decreto No. 9-99 de febrero de 2002; Ley de Uso Indebido y Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Psicotrópicas, Decreto No. 126-89 de 5 de septiembre de 1989 y que se encuentra vigente actualmente; Ley del Reo Sin Condena, Decreto No. 127-96, modificado por el Decreto No. 183-97; recurso de apelación admitido por el Juzgado de Letras Seccional de Tela el 20 de noviembre de 2000, y Tabla de Salario Mínimo por Jornada Ordinaria Diaria Acuerdo Ejecutivo No. STSS 029-05, de 28 de marzo de 2005. En cuanto a las certificaciones de nacimiento presentaron gran parte de las solicitadas, a saber: de Cirilo Isrrael García Álvarez, Rosel Bernardo García Álvarez, Desma Apolonia García López, Amilcar Danilo García Álvarez, René López García, Oscar López García, Crecencio López García, Elsa López García y Bernardo Secundino García Álvarez. 14 A saber: informe de la Corte Suprema de Justicia de Honduras de 25 de octubre de 2005; Código de Procedimientos Penales de 1984, Decreto No. 189-84 de 31 de octubre de 1984; Código Penal de 1984, Decreto No. 144-83 de 23 de agosto de 1983; Decreto No. 120-94, de 30 de agosto de 1994, que reforma parte del Código Penal; Decreto No. 191-96 de 31 de octubre de 1996, que reforma parte del Código Penal; Decreto No. 59-97; Decreto No. 194-04, de 17 de diciembre de 2004, que reforma parte del Código Penal; Decreto No. 212-04, de 29 de diciembre de 2004, que reforma parte del Código Penal; Decreto No. 127-96 de 19 de agosto de 1996, Ley del Reo Sin Condena; Decreto No. 126-89 de 5 de septiembre de 1989, con las reformas introducidas por el Decreto No. 86-93 de 24 de mayo de 1993, que reforma el artículo 36 de la Ley sobre Uso Indebido y Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Psicotrópicas; Constitución Política de Honduras, Decreto No. 131 del 11 de enero de 1982; Reglamento de la Ley del Reo Sin Condena, Acuerdo No. 160-97 de la Presidencia de la República de Honduras de 19 de diciembre de 1997; Tabla de Salario Mínimo por Jornada Ordinaria Diaria, Acuerdo Ejecutivo No. STSS 02905, de 28 de marzo de 2005, y las certificaciones de nacimiento de Crecencio López García; Teresa Siomara López García; Teresa de Jesús López García; Elsa López García; Rosa López García; René López García; Joel García López, y Cirilo Isrrael García Álvarez. Asimismo, el Estado presentó; constancia de la secretaria de la Corte de Apelaciones de la Ceiba, señora Auxiliadora de Cardinale, de 19 de junio de 2004; escrito del fiscal del Ministerio Público, señor Joel Edgardo Serrano Carcamo, de 31 de julio de 2003; certificación del auto de la Corte Suprema de Justicia de la República de Honduras de 19 de agosto de 2003, y otros documentos del expediente que contiene la sustanciación del recurso de casación por infracción de Ley Nº 1624-2003.

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos