14 versará sobre el supuesto impacto que causaron los hechos del presente caso en el trabajo de los defensores de derechos humanos en Colombia. Propuesto por el Estado 7. Rafael Bustamante, quien declarará sobre la naturaleza, estructura y cobertura del Programa de Protección del Ministerio del Interior y de Justicia. B) Declarantes a título informativo Propuestos por el Estado 8. Jairo Alberto Cano Pabón, quien declarará sobre la estimación de los daños materiales planteados por los representantes con ocasión de las supuestas violaciones alegadas en el presente caso. 9. José Guillermo Patiño Escobar, quien declarará sobre el dictamen técnico agropecuario ofrecido por los representantes como prueba en el presente caso. 2. Requerir a los representantes que remitan al Tribunal, a más tardar el 17 de diciembre de 2007, los nombres de las siete personas señaladas en los puntos resolutivos 1.2, 1.3, 1.4, 1.5 y 1.6. 3. Requerir a la Comisión, los representantes y el Estado que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que las personas mencionadas en el punto resolutivo anterior presten sus testimonios y declaraciones a título informativo a través de declaración rendida ante fedatario público (affidávit) y remitan dichos documentos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en un plazo improrrogable hasta el 10 de enero de 2008. 4. Solicitar a la Secretaría de la Corte que, de conformidad con el derecho de defensa y el principio de contradictorio, una vez recibidas las declaraciones rendidos ante fedatario público (affidávit), las transmita, según corresponda, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes y al Estado para que, en un plazo improrrogable de siete días, contado a partir de su recepción, presenten las observaciones que estimen pertinentes. 5. No requerir, por las razones señaladas en los considerandos 24 y 32 de la presente Resolución, el dictamen de Roberto Garretón M., propuesto por la Comisión, y el testimonio de Carlos Gaviria Díaz, ofrecido por los representantes. 6. Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes y al Estado a una audiencia pública que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el 6 de febrero de 2008 a partir de las 15:00 horas y el 7 de febrero de 2008 a partir de las 09:00 horas, a fin de escuchar sus alegatos orales sobre el fondo y eventuales reparaciones y costas en el presente caso, así como las declaraciones de los siguientes testigos y peritos: A. Testigos Propuestos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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